Gobierno eliminaría concurso de méritos para elegir gerentes regionales en entidades, ¿por qué?
- Colombia
- octubre 27, 2026
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El Gobierno Nacional eliminaría el concurso para acceder al cargo de gerente regional en entidades como el Sena o el Bienestar Familiar (ICBF). Un proceso así tiene varios pasos: convocatoria pública, pruebas de conocimientos y hasta valoración de antecedentes a cargo de un ente especializado.
Los gerentes regionales tienen que ver con la figura de desconcentración administrativa. Es decir, representa a las entidades del Ejecutivo en los territorios. En ese sentido, tienen funciones como administrar recursos, coordinar equipos y garantizar que las decisiones y programas de la dirección nacional se concreten en acciones.
Eliminación de convocatorias públicas y nuevo rol de los representantes legales
Según reveló Cambio, un borrador de Función Pública quitaría del paso la obligación de realizar un concurso público y abierto para conformar las ternas que se presentan a los gobernadores de cada departamento. Así, la tarea quedaría en manos del representante legal de cada entidad a nivel nacional y los concursos que ya están andando podrían terminarse.
Pero el borrador no eliminaría los requisitos de formación y experiencia para ocupar los cargos, sino que cambiaría la manera de escoger a los candidatos. Es decir, se dejaría de exigir el concurso público y abierto para entregarle al representante legal de cada entidad la responsabilidad de conformar las ternas.
Los argumentos del Gobierno sobre rigidez administrativa y costos de los concursos
Primero, en el documento revelado por ese medio, el Gobierno diría que el concurso público para elegir a estos grupos de tres fue algo así como una autoimposición reglamentaria. Se basaría en interpretar que ni el artículo 305 de la Constitución, ni el 78 de la Ley 489/98 obligan a que ese proceso se haga antes de elegir a los directores regionales. A su vez, plantearía que este requisito fue introducido por decretos como el 1972 de 2002.
Segundo, para Función Pública, exigir un concurso para empleos de libre nombramiento y remoción introduce una rigidez innecesaria en puestos que requieren aptitudes de dirección y una relación de confianza. Y, como los cargos no cuentan con la estabilidad de la carrera administrativa ni tienen un periodo fijo, de ahí el Gobierno defendería un mayor margen de discrecionalidad para la conformación de las ternas.
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En la interpretación del Gobierno, otros antecedentes de jurisprudencia también respaldarían que la administración pueda recurrir a procesos meritocráticos para cargos de libre nombramiento y remoción, pero no esté obligada a hacerlo.
Tercero, se sumarían los costos y las demoras. El documento sostendría que mantener el concurso obligatorio generaría cargas administrativas, gastos elevados y retrasos en los nombramientos, además de reclamos judiciales y/o tutelas. Eliminando el procedimiento se buscaría agilizar las designaciones y optimizar los recursos públicos, según los principios administrativos de eficacia, economía y celeridad.
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Régimen de transición y posible cancelación de concursos en curso
Pero uno de los puntos clave de la propuesta estaría en el régimen de transición. Según el borrador, los concursos públicos abiertos que ya estén en curso podrían terminarse si el representante legal de la entidad justifica que hay limitaciones administrativas, presupuestales o financieras para continuar con ellos. Cabe aclarar que un proceso de este tipo puede durar años.
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También se plantearía que el procedimiento actual genera demoras que afectan que los cargos sean ocupados oportunamente. En otras palabras, la obligación de hacer convocatorias y pruebas y resolver reclamos puede prolongar los nombramientos, ante lo que el Gobierno querría agilizar los mecanismos ya existentes.
A su vez, permitiría que los representantes legales pidan información, conceptos o evaluaciones técnicas para verificar si los aspirantes son idóneos para el cargo. No obstante, sin el concurso obligatorio, los mecanismos quedarían a discreción de cada entidad, sin la exigencia de seguir un proceso uniforme.
Facultades de los gobernadores y condiciones para la elección final
Un punto clave es que la reforma no eliminaría la facultad de los gobernadores para elegir a los directores regionales a partir de ternas. Esa competencia se mantendría, según la Constitución y la Ley. El cambio se concentraría en la forma de seleccionar a quienes integran esas listas.
La terna que se envíe a los mandatarios locales tendría que estar integrada por personas que acrediten su formación y experiencia exigidas en los manuales de funciones y competencias laborales de cada entidad.
Por eso, el documento insistiría en que la reforma no eliminaría el requisito de idoneidad ni permitiría nombrar a personas que no cumplan las condiciones del cargo. Pero la forma de verificar esas capacidades cambiaría sustancialmente, ya que dejaría de existir un concurso obligatorio en el que todos los candidatos se sometieran a las mismas etapas de evaluación.
El proyecto mantendría, adicionalmente, los plazos para que los gobernadores elijan a los directores una vez reciban la terna: ocho días calendario si la jurisdicción comprende un solo departamento y quince días hábiles si abarca dos o más. Si esos plazos vencen sin que se haya tomado una decisión, el representante legal de la entidad podría elegir directamente a uno de los candidatos incluidos en esa terna.
Finalmente, el borrador del decreto estará abierto a comentarios hasta el 6 de noviembre. Si supera esta etapa y entra en vigencia, las nuevas reglas se aplicarían a los establecimientos públicos que cuentan con direcciones o gerencias desconcentradas en las regiones, como el Invías, el Bienestar Familiar o el Sena.
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Bloque de preguntas frecuentes
- ¿Qué cambiaría en la elección de los gerentes regionales del Sena e ICBF?
- El Gobierno eliminaría la obligación de realizar un concurso público y abierto para conformar las ternas. En su lugar, el representante legal nacional de cada entidad conformará directamente la lista de candidatos que enviará a los gobernadores.
- ¿Se eliminarán los requisitos de formación y experiencia para estos cargos públicos?
- No. El borrador de Función Pública mantiene los requisitos de idoneidad, títulos y experiencia laboral exigidos en los manuales de funciones. Lo que cambia es el mecanismo de verificación, eliminando las pruebas y convocatorias uniformes.
- ¿Qué pasará con los concursos de mérito que ya están en desarrollo?
- Bajo el régimen de transición propuesto, los procesos de selección actualmente en curso podrán cancelarse si el representante legal justifica limitaciones financieras, presupuestales o administrativas para continuarlos.