Reformas de la dictadura imponen mayor vigilancia financiera y habilitan confiscaciones exprés
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- junio 17, 2026
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La dictadura sandinista de Daniel Ortega y Rosario Murillo remitió a la Asamblea Nacional un paquete de reformas que simultáneamente altera cinco leyes vinculadas al combate del lavado de dinero, el financiamiento al terrorismo y el crimen organizado, según anunció la propia dictadura el martes, 16 de junio.
Entre los principales cambios figura la posibilidad de inmovilizar fondos y otros activos en cuestión de horas, sin necesidad de una autorización judicial previa. La iniciativa fue enviada por los codictadores al presidente del Legislativo, el sandinista Gustavo Porras.
La reforma altera la Ley Contra el Lavado de Activos, el Financiamiento al Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (977), la Ley de la Unidad de Análisis Financiero [UAF] (976), el Código Penal (641), el Código Procesal Penal (406) y la Ley de Prevención, Investigación y Persecución del Crimen Organizado (735).
Las reformas también modifican la definición de terrorismo dentro de la Ley 977, sustituyendo el concepto que lo ligaba a la ruptura del orden constitucional, e incorpora el concepto de “alteración grave del orden público“, ampliando los supuestos contemplados dentro de la legislación relacionada con el terrorismo.
La nueva redacción establecen que serán considerados actos terroristas los destinados a causar muerte o lesiones físicas o psíquicas cuando tengan como propósito intimidar a una población, alterar gravemente el orden público u obligar a un gobierno u organización internacional a realizar o abstenerse de realizar determinadas acciones.
La reforma fija además un mecanismo de inmovilización inmediata de fondos y activos, incorporando una definición específica del término “sin demora”, señalando que deberá entenderse como la ejecución inmediata de medidas de congelamiento de bienes en cuestión de horas a partir de una designación realizada por las autoridades competentes.
Mayor supervisión estatal
Una vez aprobada la iniciativa por el Legislativo intervenido por el sandinismo, los bancos, remesadoras, casas de cambio, cooperativas, comercios y demás entidades consideradas sujetos obligados deberán inmovilizar fondos, cuentas o activos cuando detecten coincidencias con personas o entidades incluidas en listas oficiales, notificando posteriormente a la UAF.
La medida entraría en vigor antes de cualquier revisión judicial, como ha sido habitual en la política de la dictadura. Posteriormente, un juez (de una judicatura totalmente dominada por el sandinismo) deberá ratificar o rechazar la inmovilización, trasladando el control judicial a una etapa posterior del procedimiento.
Las reformas también amplían las facultades de supervisión estatal sobre organizaciones sin fines de lucro. El proyecto incorpora la obligación de permitir el acceso de funcionarios designados por el Ministerio del Interior (MININT) a la infraestructura digital utilizada por estas organizaciones, incluyendo bases de datos, registros administrativos y plataformas de gestión.
Asimismo, se incrementan las obligaciones de reporte financiero. Las instituciones financieras deberán proporcionar a la UAF información relacionada con pagos, compras y retiros de efectivo efectuados dentro y fuera del país mediante tarjetas de crédito y débito.
En los últimos dos años, el régimen ha fortalecido los mecanismos de control sobre operaciones bancarias, remesas y movimientos financieros mediante la ampliación de las facultades de supervisión estatal. Un día antes, la dictadura había creado un mecanismo para agilizar la liquidación de bienes y activos confiscados.
Desde el estallido social de abril de 2018 y mediante la subsecuente represión, la dictadura ha despojado de toda su propiedad en el país a por lo menos 453 ciudadanos a los que revocó la ciudadanía por motivos políticos, así como robos puntuales a particulares y organizaciones.
El robo de propiedades bajo la figura de confiscación de forma arbitraria es una práctica de vieja data del Frente Sandinista desde tiempos de la Primera Dictadura Sandinista (1979-1990), y con un antecedente directo en sus actividades como guerrilla (1961-1979), cuando financiaban sus actividades insurgentes a través del asalto de bancos, el abigeato, el cobro de pagos por secuestros y otras formas de extracción de propiedad ajena.