¿Petro decretará o no la consulta? Mensajes confusos del Gobierno generan zozobra en sectores políticos
- Colombia
- junio 11, 2025
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Cualquiera que sea el momento en que el presidente y su gabinete firmen el decreto, hay tres instancias que podrían frenarle al jefe de Estado su intención de decretar la consulta: la Corte Constitucional, el Consejo de Estado y la Registraduría.
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Fuentes de la Registraduría le dijeron a EL COLOMBIANO que lo más probable es que el registrador Penagos no realice la consulta a pesar del decreto; pues se espera que haya primero la definición de un alto tribunal, bien sea la Constitucional o el Consejo de Estado. Ese sería otro freno al Gobierno. Foto: Presidencia
10 de junio de 2025
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El presidente Gustavo Petro ha utilizado la consulta popular como mecanismo de presión al Congreso. Pero recientemente, según los anuncios confusos del Gobierno, las advertencias parecen amenazas. Eso ha sucedido en las últimas horas, pues el presidente Petro reiteró su intención de impulsar una consulta popular pese a la suspensión del Congreso tras el atentado contra el senador Miguel Uribe.
“Lo dicho aquí en el trino de abajo, es casi toda la verdad, solo que se dijo algo que había dicho antes de la decisión de la plenaria de Senado al suspender sus sesiones hasta el miércoles”, dijo Petro en X.
“Eso me hizo decir, que dado que significa prácticamente que ni consulta ni reforma laboral por ley salgan, no puedo llevar al pueblo colombiano a un engaño. La consulta no tiene nada que ver con el atentado al senador Miguel Uribe y no se deben confundir dos cosas diferentes”, agregó refiriéndose a otro mensaje de Roy Barreras.
El exembajador de Colombia en Reino Unido había dicho que el jefe de Estado “abre la puerta al diálogo en el escenario del Congreso para aprobar la reforma laboral”. En el encuentro de Comisión de Garantias en Palacio el mandatario, según Barreras, habría dicho: “Comisión de Garantías en Palacio: “La firma del decreto está congelada hasta ver la disposición de la plenaria y la conciliación de la reforma en el Congreso”.
Pero el mensaje posterior aclara que no va a congelar la firma del decreto. Incluso, el ministro del Interior, Armando Benedetti, dijo que “se había considerado, como lo dije el jueves, que, si se lograba un acuerdo en el Senado sobre el texto aprobado en la Cámara, era muy posible que la consulta perdiera fuerza”, explicó. Y agregó: “La única forma de desactivar ese decreto sería mediante un gran acuerdo político en el Senado”.
Como reveló EL COLOMBIANO, esa posición de Benedetti molestó a las centrales obreras y a algunos líderes de movimientos sociales.
Cualquiera que sea el momento en que el presidente y su gabinete firmen el decreto, hay tres instancias que podrían frenarle al jefe de Estado su intención de decretar la consulta: la Corte Constitucional, el Consejo de Estado y la Registraduría.
El primer escenario, según anunció el Gobierno, es que presentará al decreto ante la Corte Constitucional y no al Consejo de Estado, que es lo que dice la norma. El argumento es que el artículo 241 indica que la Constitucional decidirá “la constitucionalidad de los referendos sobre leyes y de las consultas populares y plebiscitos del orden nacional. Estos últimos solo por vicios de procedimiento en su convocatoria y realización”.
Pero varios juristas controvierten esa idea. En diálogo con este diario, el exregistrador Alfonso Portela, experto en derecho electoral, señala que “no tiene sentido radicar el decreto en la Corte Constitucional. En condiciones normales, un decreto de convocatoria de una consulta popular lo único que se hace es expedir el decreto y comunicarlo a la ciudadanía y al organismo electoral (Registraduría)”.
Precisamente, fuentes de la Registraduría le dijeron a EL COLOMBIANO que lo más probable es que el registrador Penagos no realice la consulta a pesar del decreto; pues se espera que haya primero la definición de un alto tribunal, bien sea la Constitucional o el Consejo de Estado. Ese sería otro freno al Gobierno.
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