¿Le falta tiempo para pensionarse? Así puede sumar semanas para la pensión en Colombia si prestó servicio militar
- Colombia
- octubre 21, 2026
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La normativa vigente habilita la inclusión de hasta 78 semanas en el historial de cotizaciones, siempre que el afiliado lidere el proceso de validación formal ante su administradora.
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Para quienes cumplieron con el servicio militar obligatorio, la solución a ese déficit de semanas podría estar en el certificado de licenciamiento. FOTO: El Colombiano -
Al amparo de la legislación colombiana están los meses que un ciudadano permanece incorporado a las Fuerzas Militares. FOTO: Colprensa -
Doce o dieciocho meses en filas equivalen a más de un año de trabajo continuo reflejado en el calendario laboral. FOTO: Colprensa -
Los jóvenes prestando el servicio militar en la Cuarta Brigada en Medellín. FOTO: Ejército Nacional
Publicado hace 3 horas Actualizado hace 2 horas
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Las personas no podrían saber esto al planificar su retiro laboral tras cumplir con las semanas cotizadas, pero si usted prestó servicio militar, los meses destinados a las Fuerzas Militares en Colombia no son tiempo perdido para la jubilación.
Haber prestado el servicio militar obligatorio constituye un derecho legalmente respaldado que permite computar o sumar esas semanas en la historia laboral, sin importar si el trabajador cotiza en el régimen público o en administradores de fondos privados como Colfondos.
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Al amparo de la legislación colombiana están los meses que un ciudadano permanece incorporado a las Fuerzas Militares. FOTO: Colprensa
El respaldo legal que protege sus semanas
Y es que el pilar de este beneficio reside en el literal a) del artículo 45 de la Ley 1861 de 2017 de las leyes colombianas.
Esta norma dispone explícitamente que “el tiempo de servicio militar será computado para efectos de pensión de vejez y de invalidez en las entidades estatales”, añadiendo de forma contundente que “los fondos privados computarán el tiempo de servicio militar” para los mismos fines.
A este marco se suma la Ley 2384 de 2024, cuyo artículo 3 modificó el artículo 13 de la Ley 1861, fijando la duración del servicio en 18 meses generales y en 12 meses para bachilleres.
Doce o dieciocho meses en filas equivalen a más de un año de trabajo continuo reflejado en el calendario laboral. FOTO: Colprensa
¿Cuántas semanas representa su servicio?
En términos organizativos, un periodo de 12 meses equivale aproximadamente a 52 semanas cotizadas, mientras que una conscripción de 18 meses se traduce en cerca de 78 semanas de calendario.
No obstante, estas cifras son referencias operativas y no un tope universal absoluto. Cada caso requiere un análisis individual, en especial para quienes prestaron servicio bajo legislaciones anteriores o bajo condiciones especiales.
De esta manera, le corresponde a la administradora verificar las fechas exactas de incorporación y licenciamiento para emitir el cómputo definitivo.
Ruta para solicitar la acreditación de semanas
El reconocimiento del tiempo prestado exige una gestión activa por parte del afiliado, pues la inclusión en el sistema pensional no ocurre de forma automática:
-Documentación básica: reúna cédula de ciudadanía, libreta militar, fechas exactas de alta y baja, contingente y unidad militar. Si se requiere certificación oficial, debe solicitarse ante la autoridad militar competente.
-Verificación de historia laboral: ingrese a la plataforma de su fondo pensional y constate si el lapso reportado ya figura o presenta inconsistencias.
Los jóvenes prestando el servicio militar en la Cuarta Brigada en Medellín. FOTO: Ejército Nacional
-Registro de datos: en el caso de Colfondos, la entidad precisa en su guía que el usuario debe ingresar al apartado de servicio militar mediante la opción “Registra aquí” y diligenciar los campos de unidad de instrucción, batallón de licenciamiento, fechas y contingente.
-Radicación y seguimiento: Tenga a la mano los soportes exigidos, guarde el número de radicado y haga seguimiento formal hasta la actualización del reporte.
Bloque de preguntas y respuestas
Un trámite oportuno y seguro
- ¿Si estoy en un fondo privado como Colfondos, también me cuentan las semanas del servicio militar?
- Sí, los fondos privados de pensión están obligados por ley a computar el tiempo de servicio militar. El literal a) del artículo 45 de la Ley 1861 de 2017 establece explícitamente que las administradoras privadas deben incluir este periodo dentro de la historia laboral para efectos de pensión de vejez e invalidez, exactamente bajo las mismas condiciones que el régimen público.
- ¿Cuántas semanas pensionales equivalen a 12 o 18 meses de servicio militar?
- Un servicio de 12 meses equivale aproximadamente a 52 semanas cotizadas, mientras que uno de 18 meses suma cerca de 78 semanas. Estas cifras son aproximadas y de referencia operativa; la cantidad exacta dependerá de la verificación formal que haga la administradora pensional sobre las fechas oficiales de incorporación y licenciamiento.
- ¿El tiempo prestado en el servicio militar se suma de forma automática a la historia laboral?
- No, el registro del servicio militar no se realiza de forma automática y requiere un trámite presencial o virtual por parte del afiliado. El ciudadano debe certificar el periodo servido y solicitar su validación y reporte directamente ante su administradora de fondos de pensiones para que las semanas sean incorporadas.
- ¿Qué documentos necesito para solicitar la validación de las semanas del servicio militar?
- Para realizar la solicitud, debe presentar su cédula de ciudadanía, la libreta militar y la certificación oficial si se requiere. Adicionalmente, deberá tener a la mano la información precisa de la unidad de instrucción, la unidad o batallón de licenciamiento, el contingente al que perteneció y las fechas exactas de incorporación y retiro.