El régimen cubano y la arquitectura legal para perpetuarse: la Constitución como ‘recurso flexible’

El régimen cubano y la arquitectura legal para perpetuarse: la Constitución como ‘recurso flexible’

  • Cuba
  • septiembre 8, 2026
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La reciente producción legislativa de la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) y el Consejo de Estado no responde a un proceso genuino de modernización institucional, sino a la consolidación de un andamiaje legal diseñado para la supervivencia del castrismo en medio de su peor crisis.

Así lo demuestra el informe Arquitectura del Control: Balance legislativo de la ANPP y el Consejo de Estado en Cuba (junio 2025–agosto 2026), elaborado por el Observatorio Legislativo de Cuba.

En entrevista con DIARIO DE CUBA, el jurista e investigador cubano Raudiel Peña Barrios, autor del informe, analiza las implicaciones políticas, sociales y represivas de este paquete normativo y desarma la retórica oficialista.

El informe destaca la eliminación del límite de 60 años para ocupar la Presidencia de la República. ¿Esta reforma «exprés» responde al blindaje de la cúpula o a una incapacidad real del Partido Comunista para garantizar un relevo generacional?

Responde a ambas dinámicas, las cuales se interconectan. Primero, suprime un límite constitucional que pretendió evitar el estancamiento gerontocrático. Esto demuestra el uso instrumental de la Constitución como un recurso flexible, que la cúpula del régimen ajusta a sus necesidades para asegurar la continuidad y estabilidad de la élite política. Segundo, demuestra o confirma que no existe un proceso genuino de renovación.

Al combinarse esta reforma con decisiones como la postergación de las elecciones municipales hasta 2027, el régimen frena y cierra las puertas a cualquier proceso de renovación de cuadros desde la base, evidenciando la incapacidad del sistema para permitir un relevo generacional genuino.

La Ley del Sistema de Identidad Personal y Domicilio permite al Ministerio del Interior recolectar datos como voz, iris y rasgos faciales. ¿Estamos ante un trámite administrativo o ante la formalización de la cibervigilancia estatal?

La ley funciona como pretexto para institucionalizar una infraestructura de vigilancia biológica y cibernética de gran alcance, bajo el control del aparato de Seguridad del Estado. La recolección de voz, iris y rasgos faciales dota a la inteligencia del MININT de herramientas para optimizar la vigilancia automatizada en tiempo real, permitiendo el reconocimiento de voz en llamadas telefónicas o la identificación facial mediante cámaras públicas durante manifestaciones.

Además, la Identidad Digital Certificada vincula de forma directa el rastro de la actividad en internet del ciudadano con su expediente estatal, funcionando como un mecanismo de autocensura y trazabilidad absoluta de la actividad digital.

Finalmente, la redefinición estricta del domicilio convierte la inscripción domiciliaria en un monitor de movilidad interna, facilitando el hostigamiento policial y las detenciones domiciliarias sin orden judicial previa.

Leyes como la reforma del Registro Civil o los cambios en la Ley de la Vivienda han sido presentadas como avances sociales. ¿Cómo evaluar estas concesiones frente a su uso por parte del Estado?

Se trata de una dualidad estratégica, y de concesiones pragmáticas para aliviar la tensión social sin ceder poder político. Si bien medidas como el cambio de sexo legal sin cirugía en el Registro Civil benefician a la ciudadanía, están condicionadas por la tutela estatal (requieren el dictamen obligatorio del CENESEX, un órgano oficial) y excluyen identidades no binarias.

Asimismo, el Estado emplea estas leyes sociales para proyectar una imagen moderna en foros internacionales de derechos humanos, y desviar la atención de denuncias por persecución política.

En el caso de las viviendas, el fin de las confiscaciones por emigrar y la autorización de hasta dos propiedades son reconocimientos de realidades informales preexistentes, pero dejan la solución real supeditada a la capacidad de pago en divisas o remesas.

El informe denuncia un incremento en el uso del derecho administrativo para castigar a la disidencia. ¿Por qué el régimen recurre cada vez más a las contravenciones en lugar de la vía penal?

El uso de la Ley del Régimen General de Contravenciones (2025) responde a un cálculo de efectividad y menor costo político. Relegar la represión a multas elevadas, decomisos de bienes e inspecciones administrativas permite asfixiar económicamente y neutralizar al disidente, periodista o activista sin tener que recurrir a procesos penales que generan condena internacional.

Esto se combina con que la redacción de los tipos contravencionales es vaga y abstracta, otorgando amplia discrecionalidad a inspectores y agentes del Estado para calificar arbitrariamente cualquier ejercicio de libertades fundamentales como una «provocación» o falta administrativa.

De tal forma, se implementa un sistema sancionador como primera línea de defensa del régimen, fortaleciendo el disciplinamiento social mientras los mecanismos de protección (como la Ley de Amparo Constitucional) quedan desactivados e ineficaces.

¿Cómo impacta el colapso de los servicios públicos en la implementación de este marco normativo?

La aplicación de muchas de estas normas enfrenta una profunda brecha con la realidad, derivada de la crisis sistémica del país. La pretensión de digitalizar registros, gestionar bases de datos biométricas o modernizar la administración choca con el colapso del Sistema Eléctrico Nacional, la falta de tecnología y el deterioro de la infraestructura pública.

También debe considerarse la pérdida de capital humano especializado (como ocurrió con la fragmentación del CITMA), lo que impacta la preparación técnica de los organismos de ejecución.

Ante este panorama de control total, ¿qué vías de acción le quedan a la sociedad civil y a la comunidad internacional?

Desde dentro del país son muy limitadas por las propias características del régimen y la magnitud de la represión, pero creo que pueden implementarse varias, empezando por desmontar la narrativa de legitimidad parlamentaria. Es decir, cuestionar la función de la ANPP en foros multilaterales, visibilizando que actúa como un órgano de legitimación y notaría subordinado al PCC.

Además, las democracias occidentales deben condicionar todo diálogo o compromiso con el régimen a avances medibles en derechos humanos y a la liberación incondicional de presos políticos.  Así como activar mecanismos extraordinarios (comisiones de investigación independientes y visitas in situ) para vigilar la vulneración sistemática de libertades.

De igual forma, la comunidad internacional debe alertar e investigar la cooperación de potencias iliberales (como Rusia o China) en la entrega de tecnología para la vigilancia biométrica y el control electoral en Cuba.

En este contexto, además, la cooperación debe convertirse en apoyo directo a la sociedad civil independiente. Canalizar el respaldo internacional hacia las redes autónomas de la sociedad civil, el periodismo independiente y los observatorios que documentan los abusos del Estado.

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