Tribunal de Bogotá otorgó la libertad a Uribe y corrigió a la juez Sandra Heredia

Tribunal de Bogotá otorgó la libertad a Uribe y corrigió a la juez Sandra Heredia

El Tribunal Superior de Bogotá revocó la detención domiciliaria que pesaba contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, y ordenó su libertad. De esa manera, esperará el fallo de segunda instancia tras la apelación que su defensa interpuso a la condena de 12 años.

La detención domiciliaria inmediata había sido decretada por la juez de primera instancia, Sandra Heredia, quien en un fallo histórico, por tratarse del primer expresidente condenado, lo había sentenciado por fraude procesal y soborno a testigos en actuación penal, el 1° de agosto.

Según la juez, la medida de prisión domiciliaria era necesaria para que “la ciudadanía confíe en las instituciones”, se garantice la seguridad del condenado y se eviten riesgos de fuga.

La defensa del expresidente consideró la medida de aseguramiento como “injusta” y acudió al mecanismo de la tutela.

En la tutela, radicada tres días después de la condena, los abogados del político de 73 años argumentaron que se habían vulnerado los derechos a la libertad, la dignidad humana, al debido proceso y a la presunción de inocencia.

De acuerdo con su exposición, tal cual consta en el documento judicial, Uribe “expresó su inconformidad con la decisión, en cuanto que el numeral 4° dispuso librar la boleta de encarcelación y el traslado inmediato a su domicilio, donde cumplirá la pena de prisión, de modo que es inminente su detención. Cuestionó la orden de privarlo de la libertad sin que el fallo quedara en firme, porque se interpuso el recurso de apelación que se encuentra en trámite”.

En su argumentación, el Tribunal Superior cuestionó los motivos por los cuales la jueza 44 ordenó esa detención domiciliaria inmediata y le dio la razón a los abogados de Uribe.

“La falladora insistentemente destacó el reconocimiento público del enjuiciado, pero el derecho penal de autor se encuentra proscrito en el ordenamiento penal, de modo que el sujeto solo debe responder por lo que hizo o dejó de hacer, no por su personalidad, lo cual utilizó la operadora de justicia como un criterio de la peligrosidad por ella percibida, lo cual es subjetivo”, indicó el alto tribunal.

“Ese tipo de razonamiento desconoce el principio de igualdad ante la Ley y el criterio de proporcionalidad, al priorizar fines genéricos y simbólicos sobre derechos fundamentales como la restricción de la libertad lo cual, también resulta desproporcionado en cuanto prevalece la presunción de inocencia hasta que la decisión condenatoria cobre ejecutoria; sin embargo, aquí se procuró el cumplimiento de esa sanción de manera anticipada para la resocialización, con un fundamento ambiguo como la preocupación de que la sociedad interprete esa libertad como un escenario de impunidad”, añadió.

A juicio de los magistrados, el juzgado de primera instancia “no justificó algún riesgo de fuga (…). Tampoco se demostró la intención de fuga abandonando el país, o que haya adelantado trámites de asilo o refugio (…). Tampoco puede desconocerse que el proceso superó la fase probatoria, por lo que el riesgo de afectación a la verdad procesal o de manipulación de las pruebas es, en la práctica, inexistente”.

Y recalcó que “la falladora no examinó circunstancias favorables como la comparecencia voluntaria, inexistencia de incumplimientos procesales, ausencia de antecedentes penales, ni un riesgo probado de reiteración delictiva”.

Por eso, el Tribunal Superior de Bogotá resolvió “amparar el derecho fundamental a la libertad individual” del expresidente, tal cual consta en la respuesta a la tutela, con radicado 1100122040002025-03196-00, que fue conocida por EL COLOMBIANO.

Uribe Vélez, que permanecía recluido en su casa de la vereda El Tablazo en Rionegro, al Oriente de Antioquia, afirmó que los días libre los dedicará a “luchar por la libertad de Colombia”.

El expresidente, líder natural del Centro Democrático, tiene días claves, al menos en lo político: ayudar a elegir el candidato único de su partido de cara a las presidenciales del 2026.

El proceso de la apelación

Los abogados Jaime Granados y Jaime Lombana, defensores de Uribe, radicaron este 13 de agosto los argumentos con los que pretenden tumbar el fallo de la primera instancia.

Los defensores insisten en que la jueza Heredia tomó la decisión con apreciaciones sesgadas y que el proceso fue “viciado”.

Una mirada similar tiene Bladimir Cuadro, delegado de la Procuraduría en este caso. Para él, la condena de primera instancia debe ser declarada “nula”.

Uno de los argumentos centrales del procurador y la defensa tiene que ver con la interpretación que se le dio a las interceptaciones telefónicas entre Álvaro Uribe y Diego Cadena.

Apuntaron que el contenido de las conversaciones no permite concluir que haya existido una intención por parte del expresidente por sobornar testigos. Por el contrario, insisten en que Uribe Vélez mostraba el interés de que el acercamiento con los testigos se hiciera con apego a la ley.

Pese a la libertad que benefició al exmandatario, la sentencia de primera instancia sigue en firme pero con la espera de la apelación.

Uribe Vélez sigue siendo culpable de los delitos de fraude procesal y soborno a testigos hasta que se defina de fondo la segunda instancia.

La pena que pesa en su contra es de 12 años de prisión domiciliaria, una inhabilidad de 100 meses para ocupar cargos públicos y una multa de 2.420 salarios mínimos mensuales legales vigentes. El segundo round de esta batalla judicial será definido en la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.

TAMBIÉN LE PUEDE INTERESAR: Inpec ya recibió la boleta de encarcelamiento del expresidente Álvaro Uribe en su residencia de Rionegro.

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