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¿Qué hacía un dron sin autorización en el hangar de la Gobernación de Antioquia?

¿Qué hacía un dron sin autorización en el hangar de la Gobernación de Antioquia?

El aparato fue encontrado en el Olaya Herrera en la mañana de este jueves y nadie ha ido a reclamarlo.

  • Un misterioso dron apareció en el hangar de la Gobernación de Antioquia. FOTO: GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA

    Un misterioso dron apareció en el hangar de la Gobernación de Antioquia. FOTO: GOBERNACIÓN DE ANTIOQUIA

El Colombiano

Muy preocupados están en la Gobernación de Antioquia por cuenta de un dron sin identificación que apareció en la mañana de este jueves 26 de junio en el hangar de la Gobernación, en el aeropuerto Olaya Herrera, de Medellín.

Entérese: ¿La Fiscalía está desempolvando imputación al gobernador Andrés Julián Rendón?

Así lo informó el gobernador de Antioquia, Andrés Julián Rendón a través de su cuenta de X, donde manifestó que los vuelos de estos dispositivos en estas zonas no solo podrían estar relacionados con alguna labor de espionaje, sino que “son un peligro para la seguridad operacional de la terminal aérea”.

Según pudo conocer EL COLOMBIANO, el dron fue encontrado por el personal de seguridad del hangar a las 6:00 a.m. de este jueves, y al final de la tarde todavía nadie había ido a reclamarlo.

“¿Algún propietario? ¿Cuál era el motivo del vuelo en el lugar donde están las aeronaves de la administración de Antioquia?”, preguntó el gobernador Rendón en sus redes sociales.

Y es que desde el atentado contra el senador Miguel Uribe Turbay el pasado 7 de junio, los políticos de todas las orillas han extremado, y con razón, sus medidas de protección, y están muy atentos a cualquier señal que pueda significar una amenaza contra su integridad, de allí que resulte preocupante que estuvieran haciendo sobrevuelos y tomando imágenes con un dron en el lugar donde la Gobernación de Antioquia guarda su helicóptero, en el que constantemente el gobernador Rendón y su equipo se desplazan para atender emergencias o hacer presencia en las diferentes subregiones del departamento.

Operar un dron en las proximidades de un aeropuerto es una actividad altamente peligrosa y está estrictamente prohibida sin las autorizaciones correspondientes. En Colombia, la Aeronáutica Civil (Aerocivil) regula estas operaciones a través de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, los cuales establecen las condiciones y restricciones para garantizar la seguridad operacional.

Le puede interesar: Ejército derribó drones de las disidencias que sobrevolaron Morales, Cauca, cargados de explosivos

La principal razón de esta prohibición es el riesgo inminente de colisión con aeronaves tripuladas. Incluso un dron pequeño, al impactar con un motor o el fuselaje de un avión, puede causar daños catastróficos que deriven en fallos mecánicos, aterrizajes de emergencia o, en el peor de los escenarios, un accidente aéreo.

Además, la presencia de drones puede interferir con los sistemas de navegación y comunicación de las aeronaves y de la torre de control, así como distraer a pilotos y controladores aéreos en fases críticas del vuelo, como el despegue y el aterrizaje. La situación se agrava si se considera el potencial uso de estos aparatos para fines maliciosos, como espionaje o contrabando, comprometiendo la seguridad aeroportuaria.

Permisos requeridos y zonas de exclusión

Para sobrevolar un dron en Colombia, la normativa distingue entre el tipo de operación y el peso del equipo. Los drones recreativos de bajo peso (hasta 249 gramos) tienen menos restricciones, aunque si superan ese peso deben ser registrados ante la Aerocivil. Sin embargo, para operaciones profesionales o comerciales, es indispensable contar con la certificación de la Aerocivil a través de un curso de drones autorizado, experiencia práctica de vuelo (mínimo 40 horas y 200 despegues/aterrizajes), registro del dron, un seguro de responsabilidad civil y la presentación de un plan de vuelo detallado.

La situación se vuelve considerablemente más restrictiva en las cercanías de aeropuertos. El RAC establece una zona de exclusión de 9 kilómetros (5 millas náuticas) alrededor de cualquier aeropuerto o aeródromo, dentro de la cual está completamente prohibido operar drones. En casos excepcionales, y bajo condiciones muy específicas, este radio podría reducirse a 6 kilómetros con una altura máxima de 61 metros (200 pies), pero siempre y cuando se cuente con una autorización expresa y especial de la Aeronáutica Civil, un proceso extremadamente riguroso que evalúa exhaustivamente los riesgos y exige coordinación directa con el control de tráfico aéreo. Además, está vetado volar sobre pistas, plataformas, torres de control o cualquier infraestructura aeroportuaria sensible.

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