
¿Le alcanzará? Este es el tiempo que requiere Petro para que la consulta popular se haga efectiva
- Colombia
- marzo 12, 2025
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El presidente Petro anunció en su última alocución la intención de convocar a una consulta popular en razón al apoyo de las reformas laboral y de salud. El proceso podría cambiar de tiempos de acuerdo a cómo lo decida presentar el Gobierno Nacional.
El martes, el Gobierno vivió una derrota en el Congreso de la República, pues la reforma laboral fue hundida en el Senado luego de que la Comisión Séptima presentara una ponencia para el hundimiento de la iniciativa legislativa, frenando así el avance de la propuesta.
Ante esto, Gustavo Petro amenazó con una “ruptura” entre la Presidencia y el Congreso, además de mencionar un supuesto “bloqueo institucional”.
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En medio de esa narrativa, el mandatario anunció en una alocución en horas de la noche el uso de uno de los mecanismos de participación establecidos por la normatividad colombiana. “El Gobierno Nacional va a convocar una consulta popular para decidir sobre la reforma laboral y la reforma a la salud en Colombia. Que sea el pueblo que decida. Las leyes determinan cómo se convocan y qué tiempos tienen para hacer una consulta popular”, expresó el jefe de Estado en su intervención transmitida en televisión nacional.
Aunque este anuncio daría a entender que la consulta popular sería convocada por iniciativa presidencial, el mandatario tendría varias opciones para convocar a estas votaciones.
¿Cuánto se demoraría una consulta popular?
Para que la convocatoria a la consulta popular se haga efectiva, el presidente debe presentar el texto de esta y sus razones ante el Senado de la República, esto debe de ir con la firma de todos los ministros y debe contener preguntas claras y formuladas de tal forma que el sufragante pueda responder “sí” o “no”.
Una vez se presente la iniciativa, el Senado tiene 20 días para emitir un concepto favorable o desfavorable. Este plazo es prorrogable por 10 días más.
En caso de que este organismo dé el visto bueno al texto presentado por el Gobierno Nacional, esta consulta debe realizarse dentro de los tres meses siguientes, esto según el artículo 33 de la Ley 1757 de 2015.
¿Qué pasa si las preguntas realizadas en la consulta popular son aprobadas?
Para que las iniciativas planteadas en la consulta popular sean aprobadas se requiere que al menos la tercera parte del censo nacional electoral participe y que el voto afirmativo sobre las preguntas supere la mitad más uno de los votos.
En caso de que esto suceda, el Congreso deberá adoptar las medidas para que las decisiones aprobadas en la consulta se hagan efectivas. Esto deberá debatirlo y hacerlo en el mismo período de sesiones o a más tardar, en el período siguiente, esto según el artículo 42 de la Ley 1757 que reglamenta los mecanismos de participación.
Teniendo en cuenta los períodos legislativos, si la consulta es realizada después del mes de julio, el Congreso tendría plazo para reglamentar las reformas hasta el 16 de junio de 2026, fecha cercana a a la segunda vuelta presidencial, que en caso de ser necesaria, se llevaría a cabo el 21 de junio de 2026.
Cabe mencionar que este proceso se cruza con la logística para las elecciones presidenciales y legislativas que se llevarán a cabo en el 2026, pues desde el pasado 8 de marzo ya comenzó el proceso de inscripción de cédulas y el registro de grupos significativos de ciudadanos.
¿Qué pasa si el presidente desea llevar la convocatoria de consulta popular avalada por los ciudadanos?
En caso de querer darle mayor soporte político a su llamado a una consulta popular, el presidente puede nombrar un comité promotor, el cual deberá recoger firmas ciudadanas que superen en 5% del censo electoral, un proceso que puede demorar hasta seis meses y las cuales deberán ser revisadas en un plazo de 45 días por el Consejo Nacional Electoral.
Después de esto, se debe realizar el respectivo debate en el Congreso y en caso de aprobarse, empezará a aplicar los tres meses para el llamado a las votaciones.
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