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Juez en Antioquia condenó a 40 años de cárcel a Iván Márquez por secuestro y homicidio de un suboficial

Juez en Antioquia condenó a 40 años de cárcel a Iván Márquez por secuestro y homicidio de un suboficial

El jefe de las extintas Farc fue determinador de la masacre en la que murieron ocho uniformados y el gobernador de Antioquia, Guillermo Gaviria.

  • El Estado desconoce el paradero de Iván Márquez o si está vivo o muerto. FOTO: COLPRENSA

    El Estado desconoce el paradero de Iván Márquez o si está vivo o muerto. FOTO: COLPRENSA

El Colombiano

Iván Márquez, cuyo paradero es completamente desconocido, enfrenta una nueva condena si algún día llega a estar bajo poder de las autoridades colombianas. Un juzgado de conocimiento en el municipio de Turbo, Antioquia, lo halló responsable del secuestro y homicidio de un suboficial en 1997. El juzgado valoró las pruebas entregadas por la Fiscalía para emitir sentencia condenatoria contra Iván Luciano Márquez Marín, jefe de las extintas Farc.

Según la reconstrucción de los hechos, el 28 de mayo de 1997, en un retén ilegal instalado por las extintas Farc, en la vereda El Limón, en la vía que de Turbo conduce hacia San Pedro de Urabá, varios guerrilleros hicieron descender de los automotores a quienes transitaban por la carretera, y al percatarse de la presencia del subteniente del Ejército Nacional lo retuvieron y llevaron a un campamento donde tenían a otros secuestrados, entre ellos, el gobernador de Antioquia, Guillermo Gaviria y su asesor de paz, Gilberto Echeverri.

El 5 de mayo de 2003, en medio de una operación aérea de las Fuerzas Militares que buscaba la liberación de los secuestrados, Iván Márquez, dio la orden al cabecilla encargado del campamento, de ejecutar a los retenidos, entre ellos, el subteniente Wagner Harbey Tapias Torres. En total, ese día fueron asesinados los dos políticos antioqueños, secuestrados en abril de 2002, y ocho integrantes de la Fuerza Pública que llevaban en promedio entre cuatro y seis años pudriéndose en la selva tras ser secuestrados en combates.

Por este crimen, la justicia ya ha dictado varias sentencias. En marzo de 2006 la justicia condenó a Pedro Antonio Marín alias ‘Manuel Marulanda’, Jorge Briceño alias ‘Mono Jojoy’ y Guillermo León Sáenz alias ‘Alfonso Cano’. También a ‘Timochenko’. Para ese entonces, el Frente 34 hacía parte del Bloque José María Córdoba de las Farc, que en 2008, luego de la muerte de ‘Iván Ríos’, tomó el nombre de este jefe guerrillero.

El Consejo de Estado también condenó a la Nación en 2022 por la operación ordenada por el entonces presidente Álvaro Uribe Vélez. “Si bien está plenamente acreditado que el daño fue causado por la acción de terceros, en cabeza de los miembros de la guerrilla de las Farc que mantenían cautivos a Gaviria, Peña Guarnizo y Navarrete Sánchez, entre otros, se insiste en que, la causa determinante de las muertes fue el operativo de rescate planeado y ejecutado por las fuerzas estatales”, señaló la sentencia.

En aquel momento, por motivo de dicha sentencia, la viuda del exgobernador Gaviria manifestó que al menos en cinco oportunidades le pidió al presidente Uribe abstenerse de adelantar dicho operativo, el cual consideraban como altamente peligroso para la vida de los secuestrados en dicho campamento en Mandé, Urrao. El Consejo de Estado valoró como determinante para su decisión el hecho de que la guerrilla públicamente había expresado su intención de asesinar a los secuestrados si la fuerza pública adelantaba cualquier operativo de rescate, y aun así más de 40 integrantes del Ejército adelantaron el fallido operativo que terminó en la masacre.

En este nuevo proceso, un fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos demostró con pruebas testimoniales, periciales y técnicas el homicidio y la responsabilidad de Márquez Marín Arango como determinador, quien era integrante del secretariado de las extintas Farc. Por estas razones, la juez de conocimiento lo condenó por los delitos de homicidio en persona protegida y secuestro extorsivo agravado. Además, le negó suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.

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