
Diplomáticos cubanos en EE.UU. deberán notificar visitas a instituciones locales y académicas
- Cuba
- mayo 9, 2025
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MIAMI, Estados Unidos. — El Departamento de Estado de Estados Unidos anunció este miércoles una nueva disposición que obliga a todos los miembros de la misión diplomática cubana en su territorio, incluidos aquellos que trabajan temporalmente en el país, a notificar previamente cualquier interacción con instituciones gubernamentales, educativas o de investigación a nivel estatal y local.
Según el aviso oficial publicado en el Registro Federal y firmado por Clifton C. Seagroves, director interino de la Oficina de Misiones Extranjeras, esta medida se adopta al amparo de la Ley de Misiones Extranjeras (Foreign Missions Act), con el objetivo de “alcanzar uno o más de los propósitos establecidos” en dicha legislación.
La disposición establece que “todos los compromisos con representantes de y visitas a gobiernos estatales, locales y municipales, instituciones educativas y centros de investigación, incluidos laboratorios nacionales e instalaciones agrícolas, en Estados Unidos y sus territorios, que involucren a miembros de la misión bilateral cubana, serán considerados un beneficio conforme al Título 22 del Código de Estados Unidos”, el cual regula las actividades de misiones diplomáticas extranjeras en el país norteamericano.
Control más estricto sobre actividades diplomáticas
En la práctica, la medida significa que el Gobierno estadounidense podrá supervisar de forma más estricta las actividades de los representantes cubanos más allá del ámbito federal. De ahora en adelante, cualquier contacto de la misión cubana con gobiernos locales o estatales, universidades, colegios, escuelas u organismos de investigación requerirá de una notificación previa al Departamento de Estado.
“Determino que es razonablemente necesario (…) requerir que todos los miembros de la misión bilateral cubana en Estados Unidos (…) sometan notificación previa a la Oficina de Misiones Extranjeras para todos los compromisos con representantes de o visitas a: (1) gobiernos estatales, locales y municipales; (2) instituciones educativas; y (3) centros de investigación”, precisa el documento.
La nueva norma fue fechada el 18 de abril y publicada oficialmente este 7 de mayo en la página 19.366 del Federal Register (Volumen 90, Número 89).
El Departamento de Estado aclaró además que este “beneficio” —como define la ley a las condiciones especiales que pueden aplicarse a misiones extranjeras— podrá estar sujeto a “términos y condiciones modificados o adicionales según sean aprobados por el director o subdirector de la Oficina de Misiones Extranjeras”.
La disposición se enmarca en las facultades otorgadas al secretario de Estado por la Sección 204(b) de la Ley de Misiones Extranjeras, que le permite condicionar el acceso de misiones extranjeras a ciertos beneficios, bajo criterios de reciprocidad, seguridad nacional o interés público.
Aunque el anuncio no hace referencia a razones específicas que motivaron la medida, se produce en un contexto en el que las relaciones bilaterales entre Washington y La Habana continúan marcadas por la desconfianza. La medida también llega en un momento en el que Estados Unidos ha adoptado una postura más vigilante frente a las actividades diplomáticas de gobiernos considerados adversarios estratégicos, como Rusia, China y Cuba.
Por su parte, hasta el momento las autoridades cubanas no se habían pronunciado oficialmente sobre la nueva regulación.