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Corte Constitucional admitió demanda contra ley que regula las encuestas electorales en Colombia

Corte Constitucional admitió demanda contra ley que regula las encuestas electorales en Colombia

  • Colombia
  • septiembre 4, 2025
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Desde varios sectores han alertado sobre las restricciones impuestas por la nueva ley que regula la elaboración y divulgación de encuestas en Colombia.

  • La Corte Constitucional analizará la ley tramitada por el Congreso y que fue sancionada por la Presidencia, la cual regula la realización y divulgación de encuestas para cargos de elección popular y de opinión política. FOTO: Colprensa

    La Corte Constitucional analizará la ley tramitada por el Congreso y que fue sancionada por la Presidencia, la cual regula la realización y divulgación de encuestas para cargos de elección popular y de opinión política. FOTO: Colprensa

El Colombiano

03 de septiembre de 2025

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El magistrado Juan Carlos Cortés de la Corte Constitucional admitió una demanda contra la Ley 2494 de 2025, conocida como la nueva “ley de encuestas”, que regula la elaboración y divulgación de encuestas y estudios de carácter político en el país.

La acción fue presentada por Juan Manuel López, quien argumenta que la norma debió tramitarse como ley estatutaria, al regular derechos fundamentales como la libertad de expresión, la libertad de información y la participación política.

En el documento, el demandante sostiene que “las limitaciones cuestionadas “pueden convertirse en instrumentos de exclusión o silenciamiento de voces legítimas, afectando así el componente esencial del derecho a informar y ser informado””.

La discusión sobre esta normativa, sancionada por el presidente Gustavo Petro a finales de julio, se intensificó tras la decisión de la firma encuestadora Invamer de suspender por primera vez en más de tres décadas su tradicional sondeo en el pasado mes de agosto.

La compañía explicó que las limitaciones impuestas hacen inviable la publicación de la medición que usualmente recoge la percepción ciudadana sobre la gestión presidencial, la situación del país y la favorabilidad de líderes e instituciones.

El precandidato presidencial David Luna también anunció que demandará la ley ante el alto tribunal.

Según dijo, “eso es un golpe a la democracia, porque es inconstitucional. Hace unos días el presidente Petro sancionó una ley que prohíbe publicar encuestas presidenciales hasta noviembre, que es inconstitucional porque va contra los derechos de los ciudadanos a la libre información democrática. Yo voy a demandar este artículo ante la Corte Constitucional para que sea el máximo tribunal el que permita, el que exija que haya información fidedigna y totalmente pública”.

Desde el Gobierno, el ministro del Interior, Armando Benedetti, defendió la iniciativa en el momento de su aprobación. “La Ley de Encuestas regula a las encuestas, su publicación, fortalece la vigilancia del CNE sobre ellas y es una iniciativa parlamentaria de varios congresistas, entre ellas Clara López, Angélica Lozano y Paloma Valencia. De la mano de Rodrigo Lara habíamos presentado una ley muy parecida cuando fuimos congresistas”, afirmó.

El texto aprobado establece que las encuestas de intención de voto solo podrán realizarse y divulgarse tres meses antes del inicio del periodo de inscripción de candidaturas.

Además, crea la Comisión Técnica de Vigilancia de Encuestas sobre Opinión Política y Electoral, integrada por cinco miembros que cuenten con experiencia profesional demostrable de al menos tres (3) años relacionada con encuestas por muestreo probabilístico.

Otro de los puntos controvertidos es la obligatoriedad de incluir municipios con más de 800.000 habitantes en las muestras, de lo contrario podría ser anulada o incluso las encuestas podrían responder civil y penalmente por sus actos.

Lea aquí: Precandidatos acuden a demandas para fortalecer sus campañas

La Misión de Observación Electoral (MOE) alertó que la ley “tiene implicaciones sensibles sobre la libertad de expresión y de prensa”.

Por su parte, Invamer alertó que “se vulneraría gravemente el derecho a la información porque, como también lo ha dicho la Corte Constitucional, “no hay una fundamentación válida para prohibir que se exprese la opinión de los encuestados en un asunto público, y cuya divulgación no atenta contra el orden público, la intimidad o el bien común””, dijo la firma en un comunicado el pasado julio, citando jurisprudencia de la Corte.

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