
CNU establece 45 días para emitir títulos universitarios
- Nicaragua
- marzo 20, 2025
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El Consejo Nacional de Universidades (CNU) estableció que las universidades tienen un plazo de 45 días hábiles para entregar los títulos a los estudiantes, una vez que estos hayan cumplido con todos los requisitos y aprobado las asignaturas necesarias.
La resolución, firmada el 11 de marzo por la presidenta del CNU, Ramona Rodríguez; la vicepresidenta, Indiana Coronado; y el director ejecutivo, Jaime Francisco López, establece también que el título debe ser emitido de oficio por el centro educativo y que este no podrá cobrar por la emisión de certificados y planes de estudios.
Esta es la resolución del CNU que solo ha circulado en los medios sandinistas y redes sociales de universidades.
Los registros de las universidades miembros del CNU deben centralizar los expedientes académicos. La emisión y gestión de los expedientes académicos, planes de estudio, certificación de clasificaciones, programas de asignaturas, cursos o módulos y certificación ante el Registro Nacional de Títulos y Grados Académicos se realizarán de forma gratuita.
Las universidades miembro del CNU están obligadas a entregar automáticamente los títulos correspondientes dentro de un plazo de 45 días hábiles, desde el momento en que los estudiantes cumplan con todos los requisitos, incluyendo la aprobación de las asignaturas, los componentes, la modalidad de graduación y los planes de estudio.
Se elimina el proceso de solicitud de título
En el segundo punto de la resolución, se elimina el proceso de solicitud de títulos por parte de los estudiantes en todas las universidades del CNU.
El artículo 9 de la Ley 1088, publicada en 2021, ya establecía el derecho del estudiante a recibir su título correspondiente una vez egresado.
Esta ley también establecía que el estudiante no estaba obligado a participar en actos de graduación.
Sin embargo, ni la Ley 1088 ni su normativa especificaba el plazo para la entrega del título, lo que sí hace la nueva resolución del CNU.