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Atención: Tribunal de Antioquia condenó a 28 años de prisión a Santiago Uribe por el caso de ‘los 12 Apóstoles’

Atención: Tribunal de Antioquia condenó a 28 años de prisión a Santiago Uribe por el caso de ‘los 12 Apóstoles’

  • Colombia
  • noviembre 25, 2025
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El hermano del expresidente Álvaro Uribe deberá pagar condena al ser hallado culpable de varios delitos, incluyendo crímenes de lesa humanidad.

  • La orden de captura contra Santiago Uribe se hará efectiva una vez se surta la casación ante la Corte Suprema. FOTO: COLPRENSA

    La orden de captura contra Santiago Uribe se hará efectiva una vez se surta la casación ante la Corte Suprema. FOTO: COLPRENSA

El Colombiano

El Tribunal Superior de Antioquia decidió revocar la absolución que había recibido en 2024 Santiago Uribe, hermano del expresidente Álvaro Uribe, y decidió condenarlo por el caso de ‘los 12 apóstoles’, en el que fue hallado culpable de los delitos de homicidio agravado, concierto para delinquir y concurso de crímenes de lesa humanidad.

El fallo en segunda instancia desestimó el fallo del juez primero Penal del Circuito Especializado de Antioquia, que el 13 de noviembre de 2024, había absuelto al ganadero de los cargos relacionados con la conformación del grupo paramilitar que operó en el Norte de Antioquia.

La decisión del tribunal de condenar al hermano del expresidente es por 340 meses, es decir, 28 años y 3 meses de cárcel.

Lea aquí: Por infantil y poco fiable, juez de Medellín no le creyó al principal testigo contra Santiago Uribe

Según se lee en el documento, el tribunal ordenó: “Revocar la sentencia absolutoria proferida el 13 de noviembre de 2024 por el Juez Primero Penal del Circuito Especializado de Antioquia en favor de Santiago Uribe Vélez por los delitos Homicidio agravado y concierto para delinquir agravado. SEGUNDO: En su lugar, declarar penalmente responsable a Santiago Uribe Vélez por un concurso de delitos de Lesa Humanidad, uno de homicidio agravado, artículos 103 y 104 numeral 7 del Código Penal y uno de concierto para delinquir agravado artículo 340 inciso tercero del Código Penal de conformidad con lo expuesto en esta decisión”. También le ordenó un pago de 6.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

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<p><span mlnid=Tribunal Superior de Antioquia decidió revocar la absolución a Santiago Uribe. Foto: redes sociales

El tribunal condena al hermano del expresidente por 340 meses, es decir, 28 años y 3 meses de cárcel.

El tribunal condena al hermano del expresidente por 340 meses, es decir, 28 años y 3 meses de cárcel.

Los magistrados señalaron en la sentencia que una vez la sentencia quede ejecutoriada, es decir, quede en firme tras agotar instancia ante la Corte Suprema vía casación, se expedirá una orden de captura inmediatamente para que comience a cumplir con su condena.

“Negar la suspensión de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria. Una vez en firme esta decisión se proferirá orden de captura para el cumplimiento de la sentencia”.

Cabe recordar que tras dicho fallo en primera instancia, la Fiscalía interpuso un recurso de apelación al considerar que el Juzgado Primero Penal no valoró de manera correcta las evidencias que lo vinculaban con el grupo delincuencial en el Norte del departamento y con el homicidio de un conductor.

El grupo paramilitar habría tenido en la hacienda La Carolina un punto de reunión, según la investigación de la Fiscalía. Aunque el juez descartó la implicación de Uribe en el homicidio de Camilo Barrientos, el ente acusador sostuvo que la evidencia demuestra la posible vinculación del ganadero con la creación y actividades del grupo armado.

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Barrientos, conductor de bus escalera asesinado en 1994, fue uno de los casos que impulsó la acusación, aunque la defensa de Uribe señaló siempre que los responsables fueron otras personas, entre ellas el mayor (r) Juan Carlos Meneses y Alexander Amaya.

Los representantes de las víctimas de “los Doce Apóstoles” denunciaron que el juez no tuvo en cuenta testimonios clave. Según señaló en su momento el abogado de las víctimas, Sergio Mesa, el testimonio de José Leonel Restrepo es esencial para entender la relación de Uribe con el grupo paramilitar.

Restrepo afirmó que los sicarios conocidos con los alias de “Rodrigo” y otros integrantes del grupo frecuentaban la hacienda La Carolina, donde supuestamente Uribe habría tenido contacto con ellos. Estas declaraciones, junto con otras pruebas documentadas, serán parte del recurso de apelación.

Puede leer: “Vive muy desesperado por el supuesto paramilitarismo de mi hermano”: Álvaro Uribe le responde a Petro en medio de acusaciones

Los argumentos del Tribunal y los duros regaños al juez que lo absolvió

En el polémico fallo en primera instancia, el juez había hecho duros cuestionamientos contra la labor de la Fiscalía y, además, se había referido en duros términos contra varios testigos. Por ejemplo, estimó “que la Fiscalía incurrió en “garrafales yerros” en relación con los hechos y la calificación jurídica, en tanto: “no continuó con la línea que adelantó en la diligencia de indagatoria en la resolución de acusación”. “Aplicó por favorabilidad una disposición con un verbo que no existía”. “No determinó el tiempo y el lugar de la ejecución de la conducta punible”. “Confundió las figuras de intervención cambiándolas frente a este delito de tres oportunidades”.

En su sentencia, el juez también “reprochó, sobre las circunstancias de lugar, que la fiscalía afirmara que desde la hacienda La Carolina ubicada en Yarumal- Ant., se conformó y dirigió un escuadrón de la muerte que no solo cometió crímenes en esa población sino en otros municipios como Valdivia, Briceño, Gómez Plata y Carolina del Príncipe, a pesar de que en estos últimos no se probó la actuación de ese grupo ilegal”.

Conozca: Alias HH y otros 34 exparamilitares fueron condenados por 345 crímenes cometidos en Antioquia y Valle

Más severo fue con el testigo Juan Carlos Meneses, excomandante del Distrito de Policía de Yarumal, Antioquia, cuyo testimonio señaló la Fiscalía y representantes de las víctimas que era crucial en el proceso. Según Meneses, Uribe financiaba las actividades del grupo criminal. Afirmó que la hacienda La Carolina, administrada por Uribe era uno de los centros de operaciones de los criminales, que presuntamente recibieron entrenamiento en el lugar.

El grupo fue bautizado como “Los 12 Apóstoles”, dado que entre sus miembros estaba el sacerdote Gonzalo Javier Palacio. No obstante, en el marco del proceso judicial el grupo se conocía como Autodefensas del Norte Lechero, que desapareció del panorama en 1995 y un año después surgió en esa zona del país otra organización también paramilitar llamada “Los Costeños”.

En una entrevista, Meneses explicó que cuando llegó al municipio de Yarumal, el oficial saliente, capitán Pedro Benavides, le dijo que tenía que apoyar a un grupo que hacía limpieza social en la zona, el cual era comandando por Santiago Uribe Vélez. “Él es un ganadero de la región que tiene la hacienda cerca de Yarumal, la hacienda La Carolina”, que heredó de su padre Alberto Uribe Sierra, le advirtió Benavides a Meneses.

Sin embargo, según el juez, Meneses basaba gran parte de su testimonio en situaciones que involucran a personas que han muerto y que no tienen como respaldar o desmentir su relato. Para el juez, la declaración de Meneses tiene tintes infantiles y de victimización.

“Es evidente que el comportamiento exhibido por el testigo tiene un matiz infantil, pues deja entrever como, si no obtiene lo que está pretendiendo simplemente guarda silencio como ocurrió en sede de la vista pública, se victimiza diciendo que tiene miedo y alude a que la Fiscalía no le cumplió”, se lee en el fallo.

Pero el Tribunal Superior de Antioquia desestimó ampliamente los postulados con los que el juez absolvió al hermano del expresidente. Por ejemplo, reprobó que el juez “retomara un supuesto estudio “profundo” de la defensa para concluir que se produjeron “tres acusaciones

diferentes”. Una, en la acusación donde se le llamó en calidad de autor; otra, en la decisión acusatoria de segunda instancia en la que se le catalogó como coautor y, una tercera, la de los alegatos de conclusión en la que se mencionó al sindicado como “autor mediato en aparatos organizados de poder”.

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<p><span mlnid=Mayor (r) Juan Carlos Meneses. Foto: El Colombiano

El fallo de los magistrados señala que el juez se valió de piruetas semánticas para desestimar que los hechos que motivaron la vinculación de Santiago Uribe Vélez al proceso penal siempre se mantuvieron incólumes, como que desde el inicio se le endilgó el “concertarse con terceras personas para la comisión de delitos, en la organización criminal que operó en el municipio de Yarumal y localidades circundantes, la cual se conoció como los doce apóstoles, y de haber ordenado el homicidio de Camilo Barrientos, en cuanto se le atribuía se ser auxiliador de la guerrilla”.

Hicieron énfasis los magistrados en que el juez exageró el efecto que, para el derecho de defensa, resultó por el hecho de que en la indagatoria se le haya imputado conformar grupos armados ilegales y en la resolución de acusación se haya optado por atribuir el verbo

dirigir el grupo ilegal, puesto que tal variación no afectó los hechos.

También descalificó la sentencia otros comportamientos y decisiones del juez, alegando posturas negligentes respecto. Al valorar toda la evidencia y los testimonios, el tribunal concluyó que “dada la evidente gravedad de la concertación, su sistematicidad y ponderación criminal precisamente dirigida por el condenado y conformada junto con agentes del Estado para el exterminio de personas previamente estigmatizadas como indeseables sociales y auxiliadores de grupos subversivos, se aumentará la pena hasta el límite máximo del primer cuarto de movilidad. La pena por el delito de concierto para delinquir agravado se fijará en 135 meses de prisión”.

También le puede interesar: Petro dice que decisión independiente de la justicia en caso Santiago Uribe “es impunidad”: ¿llama a desconocerla?

Bloque de preguntas y respuestas

¿Qué pena recibió Santiago Uribe por el caso de ‘Los 12 Apóstoles’?
Fue condenado a 28 años y 3 meses de prisión por homicidio agravado, concierto para delinquir y crímenes de lesa humanidad.
¿Qué ordenó el tribunal tras la condena?
Revocó la absolución, exigió pago de 6.500 salarios mínimos y ordenará captura una vez la sentencia quede firme.
¿Por qué el Tribunal Superior de Antioquia revocó la absolución de 2024?
El Tribunal determinó que las pruebas -incluidos testimonios y documentos- sí permitían atribuir responsabilidad penal a Santiago Uribe en la conformación del grupo ‘Los 12 Apóstoles’, en el homicidio de Camilo Barrientos y en un concurso de crímenes de lesa humanidad. Por esa razón, concluyó que el fallo absolutorio de primera instancia debía revocarse y reemplazarse por una sentencia condenatoria.
¿Cuál fue el papel de los testimonios de las víctimas?
Testimonios, como los de José Leonel Restrepo, demostraron la relación de Uribe con integrantes del grupo armado en la Hacienda La Carolina.

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