Derogaron las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos del Suroeste, ¿qué pasará en la subregión?
- Colombia
- octubre 24, 2026
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En el documento que tumbó la medida heredada del gobierno Petro, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural reversó las nueve resoluciones que habían declarado 19 municipios Áreas de Protección para la Producción de Alimentos.
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Firma del acto por parte del ministro de Agricultura en Fredonia. FOTO: Cortesía Ministerio de Agricultura
Publicado hace 2 horas Actualizado hace 1 hora
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El ministro de Agricultura, Indalecio Dangond, derogó desde Fredonia la medida que afectaba a 102.801 hectáreas por medio de las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos, conocidas como las polémicas APPA.
En el documento que tumbó la medida heredada del gobierno Petro, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural reversó las nueve resoluciones mediante las cuales se habían declarado Áreas de Protección para la Producción de Alimentos (APPA) en el Suroeste antioqueño.
Se trata de las resoluciones 000320, 000330 y 000394 de 2025, así como las 000011, 000012, 000063, 000064, 000117 y 000118 de 2026, que afectaron a 19 municipios de la subregión como Andes, Betania, Betulia, Caramanta, Ciudad Bolívar, Concordia, Fredonia, Hispania, Jardín, Jericó, La Pintada, Montebello, Pueblorrico, Salgar, Santa Bárbara, Tarso, Támesis, Valparaíso y Venecia.
¿Por qué las tumbaron?
La iniciativa del Ministerio, según la entidad, se fundamentó en una revisión técnica integral del expediente, realizada por la Unidad de Planificación Rural Agropecuaria (UPRA) en septiembre de 2026.
Según la información presentada, el análisis comprendió 484 documentos, equivalentes a 10.450 páginas, además de cruces cartográficos oficiales. Para el Minagricultura, los resultados evidenciaron deficiencias técnicas, metodológicas y procedimentales que llevaron a concluir que las declaratorias no superaban un examen estricto de idoneidad, necesidad y proporcionalidad.
Entre los principales hallazgos se identificó el uso de una versión preliminar de la Frontera Agrícola como insumo inicial, así como la ausencia de documentación suficiente sobre las operaciones georreferenciadas que permitieran explicar la exclusión de más de 113.000 hectáreas entre el área inicialmente habilitada y la delimitación definitiva.
Esta situación adquiría especial relevancia porque las delimitaciones podían afectar predios individuales, pese a que no se habían realizado las validaciones de campo correspondientes. A ello se sumó la imposibilidad de excluir adecuadamente determinadas zonas rurales de protección municipal y áreas de riesgo no mitigable, debido a la falta de cartografía local actualizada.
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Según el Ministerio, esta dificultad se presentó sobre todo en Fredonia, Venecia, Betania, Betulia, Támesis, Salgar, Tarso y Santa Bárbara, lo que habría ocasionado superposiciones con terrenos no aptos o sujetos a restricciones.
Otro de los aspectos cuestionados fue la antigüedad de los instrumentos de ordenamiento territorial empleados como referencia, pues cerca del 38,9 % del área declarada se sustentaba en planes de ordenamiento territorial y esquemas de ordenamiento territorial adoptados antes de 2007.
La evaluación también advirtió una posible incompatibilidad entre las áreas seleccionadas y la capacidad real de los suelos, debido a que el modelo priorizó terrenos de clase agrológica 7, caracterizados por sus severas limitaciones para el uso agropecuario, así como zonas con amenazas altas y muy altas por movimientos en masa.
Adicionalmente, la metodología no habría incorporado de manera suficiente variables fundamentales como la disponibilidad de agua, las condiciones productivas actuales y las necesidades alimentarias de la región.
La revisión también señaló deficiencias en la articulación con otros componentes de la planificación territorial, entre ellos la actividad minera, el patrimonio arqueológico y la infraestructura energética. En particular, se identificó que 31.801 hectáreas, equivalentes al 30,9 % del ámbito declarado, coincidían con títulos mineros o zonas reservadas con potencial minero, sin que se hubieran efectuado los cruces espaciales necesarios para evaluar adecuadamente estas concurrencias.
¿Qué pasará en el Suroeste?
Una vez entre en vigor la resolución derogatoria, las 102.803 hectáreas dejarían de estar sujetas a las declaratorias de APPA. Esto permitiría que las alcaldías y los concejos municipales ejerzan sus competencias de ordenamiento y reglamentación de los usos del suelo rural sin el condicionamiento específico que imponían dichas áreas.
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Sin embargo, la derogatoria no significa que se eliminen las obligaciones de protección ambiental, cultural o territorial existentes, ya que continuarían vigentes, entre ellas los Planes de Ordenación y Manejo de Cuencas Hidrográficas (POMCA), las áreas protegidas administradas por CORANTIOQUIA y las registradas en el Registro Único Nacional de Áreas Protegidas (RUNAP), la reserva temporal establecida por el Ministerio de Ambiente y las disposiciones sobre patrimonio cultural y arqueológico.
De igual forma, la iniciativa no supone la suspensión de los programas estatales de desarrollo rural, los proyectos de apoyo a la economía campesina ni las acciones de fomento a la producción de alimentos en el Suroeste antioqueño.
La Gobernación de Antioquia aplaudió la decisión que tomó este sábado el Ministerio de Agricultura, pues calificó que las APPA quitaban autonomía a los municipios sobre su vocación económica.
“Con las APPA no solo querían usurpar las competencias a los concejos municipales en el uso del suelo, sino restringir el derecho de propiedad y la libertad de lo que podían hacer mis paisanos del Suroeste con sus tierras y con sus predios”, destacó el gobernador Julián Rendón.
Bloque de Preguntas y Respuestas
- ¿Qué municipios del Suroeste antioqueño están incluidos en la derogatoria de las APPA?
- La propuesta de derogatoria comprende 19 municipios del Suroeste antioqueño: Andes, Betania, Betulia, Caramanta, Ciudad Bolívar, Concordia, Fredonia, Hispania, Jardín, Jericó, La Pintada, Montebello, Pueblorrico, Salgar, Santa Bárbara, Tarso, Támesis, Valparaíso y Venecia. En conjunto, las áreas declaradas sumaban 102.803,11 hectáreas.
- ¿Qué pasará con las licencias urbanísticas y los usos del suelo rural tras la derogatoria de las APPA?
- La derogatoria permitiría que las alcaldías y los concejos municipales ejerzan sus competencias de ordenamiento territorial y regulación de los usos del suelo rural sin el condicionamiento específico de las APPA derogadas. No obstante, la expedición de licencias y la autorización de usos del suelo deberán cumplir las demás normas y determinantes vigentes.
- ¿Qué protecciones ambientales seguirán vigentes después de derogar las APPA?
- Continuarán vigentes las determinantes ambientales y territoriales aplicables, incluidos los Planes de Ordenación y Manejo de Cuencas Hidrográficas (POMCA), las áreas protegidas administradas por CORANTIOQUIA y las registradas en el RUNAP, la reserva temporal establecida mediante la Resolución 0855 de 2025 y las normas de protección del patrimonio cultural y arqueológico. Por tanto, la derogatoria no elimina estas figuras de protección.