Otro freno: juzgado mantiene suspendida la fumigación aérea de cultivos de coca
- Colombia
- septiembre 23, 2026
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Para salvaguardar el derecho a la vida, a la salud, al debido proceso ambiental y a la participación ciudadana, la fumigación aérea de cultivos de uso ilícito con glufosinato de amonio en Putumayo seguirá suspendida temporalmente.
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El Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Mocoa ordenó a las autoridades abstenerse de iniciar el plan piloto anunciado por el Gobierno hace semanas. Eso mientras no demuestren que cumplen con las condiciones relacionadas con el tema.
En otras palabras: el plan del Gobierno De la Espriella para fumigar cultivos de coca con glufosinato de amonio en Putumayo sigue congelado, y la última palabra —tanto sobre si se levanta la suspensión como sobre el fondo del asunto— queda en manos de una eventual acción popular y de la revisión de la Corte Constitucional.
Cabe señalar que este es el segundo revés para el piloto propuesto por el Gobierno; la primera decisión la tomó el Juzgado Tercero Promiscuo de Puerto Asís hace unas semanas.
Juzgado cita falta de garantías para las comunidades
Uno de los argumentos centrales de la decisión es que no se acreditó suficientemente la compatibilidad del plan piloto con los acuerdos de sustitución voluntaria existentes.
Tampoco, según el despacho, quedó demostrada plenamente la participación efectiva de las comunidades que podrían resultar afectadas.
La jueza también señaló que no existe prueba concluyente del cumplimiento integral de los requisitos ambientales, sanitarios y participativos establecidos por la jurisprudencia. Por ello, consideró aplicable el principio de precaución, según el cual deben adoptarse medidas preventivas cuando exista incertidumbre sobre posibles afectaciones.
A esto se suma que, de acuerdo con la sentencia, el Instituto Nacional de Salud no había emitido un concepto técnico específico sobre el piloto objeto de la controversia. El despacho tampoco encontró prueba concluyente de que se hubieran agotado previamente todos los mecanismos de participación ambiental requeridos.
La suspensión es temporal
La decisión señala explícitamente que no constituye un pronunciamiento definitivo sobre la legalidad, conveniencia o constitucionalidad de la política estatal de erradicación de cultivos ilícitos.
De hecho, la sentencia advierte que la suspensión tiene un carácter “estrictamente temporal y preventivo”.
Además, el despacho ordenó que los accionantes promuevan una acción popular al respecto.
¿Qué ha dicho el Gobierno?
El Gobierno de Abelardo de la Espriella ha defendido el plan piloto y pidió declarar improcedentes las acciones de tutela que llevaron a suspender la aspersión aérea. La Presidencia, la Policía Nacional y los ministerios de Justicia y Defensa sostienen que las decisiones judiciales impiden avanzar en la obtención de la misma evidencia científica que los jueces exigen para evaluar el programa.
El Ejecutivo también argumenta que la tutela no sería el mecanismo adecuado para suspender la medida, pues, según su posición, no está demostrada una amenaza inminente para las comunidades.
El ministro de Justicia, Iván Cancino, ha defendido públicamente la estrategia y ha señalado que el piloto contará con un monitoreo estricto. Según el Gobierno, la aspersión con glufosinato de amonio fue diseñada bajo parámetros técnicos, ambientales y sanitarios.
En la misma línea, el ministro del Interior, Rodrigo Lara, cuestionó que decisiones relacionadas con el orden público sean adoptadas por jueces de menor jerarquía. “Respetamos el Estado de derecho. Yo considero que las tutelas que vayan en contra del orden público deben ser revisadas por jurisdicciones de mayor jerarquía (…) Las revisiones de orden público no se pueden tomar por jueces de menor jerarquía, es un asunto de equivalencias”, dijo.
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Bloque de preguntas y respuestas
- ¿Por qué un juzgado mantiene frenada la fumigación aérea con glufosinato de amonio en Putumayo?
- El Juzgado Segundo Administrativo de Mocoa suspendió temporalmente el piloto porque consideró que no estaba acreditado de manera suficiente el cumplimiento de los requisitos constitucionales, ambientales, sanitarios y de participación exigidos para realizar aspersión aérea con herbicidas.
- ¿Qué dice el Gobierno de Abelardo de la Espriella sobre la suspensión de la fumigación aérea?
- El Gobierno ha defendido el plan piloto y pidió declarar improcedentes las acciones de tutela que llevaron a su suspensión. El Ejecutivo sostiene que las decisiones judiciales dificultan la obtención de evidencia científica sobre la aspersión y argumenta que no está demostrada una amenaza inminente para las comunidades.
- ¿La decisión del juez significa que la fumigación aérea es ilegal?
- No. El juez aclaró expresamente que la decisión tiene un carácter “estrictamente temporal y preventivo” y que no constituye un pronunciamiento definitivo sobre la legalidad, conveniencia o constitucionalidad de la política estatal de erradicación de cultivos ilícitos.