Parlamento aprueba eliminación de la doble nacionalidad en Nicaragua – Nicaragua Investiga

Parlamento aprueba eliminación de la doble nacionalidad en Nicaragua – Nicaragua Investiga

Como estaba previsto, este miércoles 14 de enero la Asamblea Nacional aprobó la reforma de los artícuos 23 y 25 de la Constitución política de Nicaragua para prohibir la doble nacionalidad, una propuesta que presentó el régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo en mayo de 2025 y que finalmente se concreta ocho meses después.

«La Asamblea Nacional aprobó en Segunda Legislatura la Ley de Reforma Parcial a los artículos 23 y 25 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, estableciendo que los extranjeros que soliciten nacionalizarse deberán renunciar a su nacionalidad de origen, excepto los centroamericanos», se lee en el canal parlamentario del órgano Legislativo en Facebook.

En el mismo anuncio señalan que «esta medida reafirma que ser nicaragüense no es un título, sino un acto de entrega a la defensa de la independencia, la soberanía y la autodeterminación», al recalcar que con la reforma del artículo 23 de la Constitución, los nicaragüenses que decidan adoptar otra nacionalidad perderán la de su país natal.

Los únicos nicaragüenses que podrán tener doble nacionalidad son aquellos que la adquirieron antes de la entrada en vigencia de la reforma, que se hará efectiva una vez se publique en la Gaceta, el diario oficial de la nación.

Esta aclaratoria la hizo el año 2025 el Poder Legislativo tras la polémica que se suscitó por esta propuesta de la dictadura, que busca avanzar en la restricción de derechos civiles y políticos para la población en el país que crítica su proceder.

Estos son los nicaragüenses que sí podrán tener doble nacionalidad

Un cambio previsto desde 2025

Ya en mayo del año 2025 se avanzó en este cambio constitucional en primera legislatura, pero ahora, iniciando el nuevo período legislativo, el régimen pidió a un Parlamento en pleno control del sandinismo modificar definitivamente la letra constitucional para impedirlo.

Con el cambio, el artículo 23 establece que «la nacionalidad nicaragüense se perderá al adquirir otra nacionalidad». Solo contempla una excepción para los centroamericanos, quienes podrán tener la nacionalidad de su país de origen y optar a la nicaragüense si así lo deciden. «Las y los extranjeros pueden ser nacionalizados, previa renuncia a su nacionalidad originaria. Las y los centroamericanos de origen, residentes en Nicaragua, tienen derecho de optar a la nacionalidad nicaragüense sin renunciar a su nacionalidad».

Al presentarse la exposición de motivos para la reforma, la justificación del régimen era que “la nacionalidad no es un trámite administrativo, sino un pacto de lealtad. Quién adquiera otra nacionalidad y jura lealtad a un Estado extranjero, rompe el vínculo jurídico y moral con Nicaragua. No puede existir doble fidelidad: la patria exige compromiso exclusivo”, dijeron el 16 de mayo.

Periodista Nicaragua Investiga

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