Corte ordena a Petro disculparse públicamente por llamar “muñecas de la mafia” a mujeres periodistas
- Colombia
- octubre 21, 2025
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La Corte Constitucional ordenó al presidente Gustavo Petro retractarse y ofrecer disculpas públicas a las mujeres periodistas por las expresiones que utilizó durante la posesión de la defensora del Pueblo, Iris Marín Ortiz.
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Petro tendrá solo cinco días para retractarse. FOTO: Colprensa.
La Sala Plena de la Corte Constitucional protegió los derechos fundamentales a la libertad de expresión, a vivir una vida libre de violencias y a la no discriminación de las mujeres periodistas, al fallar dos acciones de tutela acumuladas contra el presidente Gustavo Petro.
El tribunal analizó las demandas interpuestas por el abogado Germán Calderón España y por un grupo de mujeres periodistas, quienes señalaron que las palabras del jefe de Estado durante la ceremonia de posesión de la defensora del Pueblo, el 30 de agosto de 2024, vulneraron sus derechos.
En su discurso, Petro afirmó: “Las periodistas del poder, las muñecas de la mafia, construyeron la tesis del terrorismo en la protesta y la criminalización del derecho genuino a protestar y a decir ¡basta!”. Para la Corte, esta expresión representó una forma de violencia simbólica y discriminación, al asociar a las comunicadoras con estructuras criminales y deslegitimar su ejercicio profesional.
La sentencia SU-432 de 2025, con ponencia de la magistrada Lina Marcela Escobar Martínez, ordena al presidente realizar una alocución pública en un plazo máximo de cinco días para ofrecer disculpas a las afectadas.
Además, dispone que se incluya una nota aclaratoria en el video y la transcripción del discurso original, en la que se reconozca que dichas manifestaciones “no fueron adecuadas, en los términos de esta sentencia”.
El alto tribunal enfatizó que los servidores públicos, especialmente el jefe de Estado, tienen una obligación reforzada de prevenir, sancionar y erradicar toda forma de violencia contra las mujeres, incluida la simbólica y digital.
En ese sentido, advirtió que las expresiones de Petro no están protegidas por la libertad de expresión, dado que contribuyen a perpetuar estereotipos y hostilidad hacia las periodistas.
La sentencia, conocida como, SU-432/25 fue emitida por la Sala Plena de la Corte Constitucional por parte de Lina Marcela Escobar Martínez. FOTO: X.
Asimismo, la Corte ordenó al presidente abstenerse de emitir en el futuro mensajes o publicaciones que vulneren los derechos de las accionantes o de las mujeres periodistas en general.
La decisión contó con aclaraciones de voto de los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar y Carlos Camargo Assis. Ibáñez destacó el avance del fallo en la protección frente a la violencia simbólica, aunque consideró que el análisis pudo ser más amplio en el marco de tratados internacionales como la Convención de Belém do Pará. Camargo, por su parte, subrayó la responsabilidad reforzada de los funcionarios públicos al expresarse, por el impacto que sus palabras pueden tener en contextos de polarización.
Conozca: Las batallas en redes que Petro perdió: del ataque a las acusaciones sin pruebas
Con esta decisión, la Corte Constitucional reiteró que el lenguaje de los altos dignatarios del Estado debe contribuir al respeto y la igualdad, y no al señalamiento ni la deslegitimación de grupos históricamente discriminados.
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