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El drama de vivir después de los 18 años en el ICBF: son más de 9.000 jóvenes

El drama de vivir después de los 18 años en el ICBF: son más de 9.000 jóvenes

  • Colombia
  • septiembre 29, 2025
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Un hombre de 27 años con discapacidad, que pasó su vida bajo custodia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, estuvo a punto de quedar desprotegido. La Corte Constitucional ordenó mantenerle la ayuda estatal en uno de sus fallos.

  • La Corte Constitucional ordenó al ICBF ajustar sus lineamientos para garantizar la protección de personas mayores de 25 años sin red de apoyo, tras analizar el caso de un hombre de 27 con discapacidad. FOTO el colombiano

    La Corte Constitucional ordenó al ICBF ajustar sus lineamientos para garantizar la protección de personas mayores de 25 años sin red de apoyo, tras analizar el caso de un hombre de 27 con discapacidad. FOTO el colombiano

Maria Victoria Caicedo G

El único recuerdo que tiene Daniel de su madre es verla atada con cadenas a una cama, castigo impuesto por su propio padre. Cuando la mujer era liberada, desquitaba su rabia con él y con sus hermanas. Una vez, siendo apenas unos niños de cuatro, cinco y seis años, los arrojó desde un barranco. Daniel quedó con el rostro cubierto de sangre y nadie atendió su herida. Su tragedia salió a la luz en marzo de 2004, cuando el personero municipal lo encontró junto a sus hermanas caminando en evidente estado de abandono por una calle polvorienta en el norte del país.

El rescate prometía un nuevo comienzo, pero para Daniel nunca lo fue. Su vida ha estado marcada por la discapacidad y el abandono, y ahora la Corte Constitucional, a sus 27 años, le ordenó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar seguir protegiéndolo después de que la entidad le retirara la ayuda al cumplir la mayoría de edad.

Le puede interesar: Sin acuerdo: funcionarios del ICBF en Antioquia completarán diez días en paro.

El día de su rescate estaba sucio, desnutrido, sin control de esfínteres y con un evidente retraso en su desarrollo. A partir de ese momento quedó bajo la custodia del ICBF, que lo ubicó en un hogar sustituto e inició el restablecimiento de derechos.

Los diagnósticos iniciales no dejaban duda de la gravedad de su situación. Padecía una luxación congénita de cadera, gastritis, déficit cognitivo e insomnio crónico. La valoración de Medicina Legal lo describió como un niño con un vocabulario reducido, sin hábitos de higiene ni habilidades sociales, expuesto a maltrato, privación afectiva y con la dentadura en muy mal estado. Su expediente, que debía recoger avances, pronto se llenó de reportes sobre agresividad, problemas de adaptación y conductas desafiantes.

El sistema de protección logró mantenerlo con vida, declarándolo en situación de abandono e incluso vinculándolo a procesos de adopción. Pero las dificultades se acentuaron con los años. Nunca consolidó un proyecto educativo estable y sus relaciones con familias sustitutas o instituciones estuvieron marcadas por rupturas y conflictos.

El verdadero drama llegó con el tiempo. El ICBF solo tiene competencia plena hasta los 18 años, con transiciones extendidas hasta los 25 en casos de discapacidad o ausencia de red familiar. Pero cuando él cumplió 21 años, en 2019, recibió la primera notificación de que la medida de protección terminaba. Dijo que lo habían echado “a la calle como un perro”. Aunque una primera tutela logró prolongar la ayuda, el desenlace parecía inevitable.

En julio de 2024, con 26 años, el ICBF volvió a ordenar la finalización de su medida de protección. Argumentó que había incumplido citas médicas, desatendido programas de rehabilitación, abandonado hogares sustitutos sin autorización y que era investigado por presuntos actos sexuales contra una menor bajo protección estatal.

Sobre el presunto caso de abuso, se trató de una niña de 11 años que aseguró que el hombre le tocó sus partes íntimas. En ese sentido, la Corte advirtió que existe un “problema organizacional en el sistema de protección a cargo del ICBF, el cual mantiene en convivencia a personas adultas, incluso mayores de 25 años, con niños, niñas y adolescentes”.

Al recoger todos los hechos, la institución consideró que debía trasladarse a un lugar especializado, pero él alegó que carecía de ingresos, techo y red familiar, además de estar certificado con una discapacidad física e intelectual superior al 50 %.

Fue entonces cuando decidió acudir nuevamente a los jueces. En su tutela reclamó que se restablecieran sus derechos fundamentales, que se le garantizara alimentación, vivienda y la construcción de un proyecto de vida. Insistió en que los escasos ingresos que obtenía eran informales, fruto de salir a la calle a “rebuscarse” lo que el Estado no le proporcionaba.

El caso terminó en la Corte Constitucional. En su sentencia, la Sala Segunda de Revisión determinó que existía una amenaza real de vulneración a derechos como la dignidad, el mínimo vital, la salud y el trabajo. Reconoció que, aunque el ICBF había intentado promover su autonomía, no aplicó un enfoque diferencial para atender su discapacidad ni su historia de vida. La Corte advirtió que la falta de una transición adecuada había limitado sus oportunidades de inclusión educativa y laboral.

La decisión fue categórica. Ordenó al ICBF realizar un diagnóstico integral actualizado, aplicar un enfoque diferencial en la construcción de su proyecto de vida, garantizarle atención en un entorno adecuado y ajustar sus lineamientos institucionales para evitar que casos similares terminen en abandono.

Este expediente es el reflejo de un problema mayor.

Mayores de 18 años en el ICBF

Según cifras oficiales, a agosto de 2025 el ICBF atendía a 9.748 jóvenes mayores de 18 años en procesos de restablecimiento de derechos, de los cuales 2.642 superaban los 25 años y tenían discapacidad, mientras que más de mil no contaban con ella pero tampoco con una red de apoyo.

Estas cifras, observó la Corte, evidencian una “problemática estructural que demanda una adecuada atención y una respuesta estatal”.

“El presente caso evidencia una ausencia de lineamientos de cara a atender casos excepcionales de personas mayores de 25 años que tienen una relación especial con el ICBF debido al contexto en el que ingresaron a sus programas y a sus particulares circunstancias, lo que justamente amenaza sus derechos fundamentales. De acuerdo con la información reportada por el ICBF hay 1.153 jóvenes sin condición especial mayor de 18 años bajo protección del ICBF, y 346 usuarios mayores de edad cuya situación de discapacidad no ha sido determinada (de los cuales 339 tienen entre 25 y 38 años, 5 entre 39 y 48 años, y 2 entre 49 y 58 años)”, advierte la Corte.

Aunque el ICBF tiene programas como “Proyecto Sueños, Oportunidades para Volar”, son insuficientes para atender a la población mayor de 25 años que sale sin redes de apoyo. La Corte Constitucional determinó que el Bienestar deberá adoptar una modalidad de atención que evite la cohabitación de niños con adultos, respetando el interés superior de niños y garantizando espacios adecuados.

La decisión también ordena ajustar sus lineamientos institucionales para incorporar un enfoque de protección para las personas mayores de 25 años, con o sin discapacidad, que carecen de una red de apoyo, y articular esfuerzos con otras entidades del Sistema Nacional de Bienestar Familiar para garantizar su transición a una vida autónoma e independiente.

“Los jóvenes mayores de 25 años que egresan del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar debido a su trayectoria en el sistema de protección presentan una condición particular de vulnerabilidad y, en muchos casos, no tienen una red de apoyo o familiar o no se encuentran en condiciones de garantizar por sí mismas su bienestar y subsistencia”, se lee en la decisión.

La historia del niño encontrado en una carretera y convertido en un adulto marcado por la discapacidad se convirtió ahora en un llamado judicial. El Estado no puede darle la espalda a quienes jamás tuvieron un hogar y crecieron bajo su protección. La infancia de muchos niños en Colombia se ha escrito entre la ausencia de una familia y la promesa de un sistema que, en teoría, debía resguardar sus derechos. Sin embargo, en demasiados casos, esa promesa se reduce a la frialdad de trámites, al desarraigo y a la sensación de que el abandono nunca termina.

Para más noticias sobre política, paz, salud, judicial y actualidad, visite la sección Colombia de EL COLOMBIANO.

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