
«Sin cambios significativos» en la situación de DD.HH. en Cuba durante 2024, asegura EE.UU.
- Cuba
- agosto 13, 2025
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«El Gobierno no adoptó pasos ni acciones creíbles para identificar y sancionar a los funcionarios que cometieron abusos contra los derechos humanos», indica el informe del Departamento de Edtado de EE.UU.
MIAMI, Estados Unidos. – La situación de los derechos humanos en Cuba se mantuvo sin mejoras durante 2024, según el capítulo sobre la Isla del informe anual del Departamento de Estado de EE.UU. “No hubo cambios significativos en la situación de derechos humanos en Cuba durante el año”, sostiene el documento. “El Gobierno no adoptó pasos ni acciones creíbles para identificar y sancionar a los funcionarios que cometieron abusos contra los derechos humanos”, agrega.
El informe enumera como “problemas significativos de derechos humanos” en Cuba los “homicidios arbitrarios o ilegales; desapariciones; tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes por parte del Gobierno; arrestos y detenciones arbitrarias; represión transnacional contra personas en otro país; graves restricciones a la libertad de expresión y a la libertad de prensa (…); restricciones a la libertad religiosa; trata de personas, incluida el trabajo forzoso patrocinado por el Estado; y la prohibición de sindicatos independientes y restricciones significativas y sistemáticas a la libertad de asociación de los trabajadores”.
El documento fue elaborado por la Oficina de Democracia, Derechos Humanos y Trabajo (DRL) del Departamento de Estado como parte de sus “Country Reports on Human Rights Practices for 2024” (Informes por país sobre prácticas de derechos humanos en 2024) y atribuye numerosas partes de su relato a organizaciones de la sociedad civil y a medios independientes cubanos y en el exilio.
Muertes bajo custodia y denuncias de torturas
En el capítulo sobre “Privación de la vida”, el Departamento de Estado recoge que “hubo varios reportes” de presuntas ejecuciones arbitrarias o ilegales. Cita, entre otros, un informe de Cubalex que documentó 56 muertes de personas “en detención o bajo custodia de las autoridades” entre enero de 2022 y enero de 2024, con uso de fuerza excesiva como una de las causas principales.
Como ejemplo, señala el caso de Roleivis León, fallecido el 7 de enero en un hospital de Colón, Matanzas, tras “ser golpeado por funcionarios penitenciarios mientras estaba en huelga de hambre”. Cubalex cuestionó la transparencia de las investigaciones y denunció encubrimientos que “perpetúan una cultura de impunidad”.
El informe también detalla “reportes creíbles” de torturas y tratos crueles, inhumanos o degradantes, incluidas agresiones físicas y amenazas de violencia sexual contra activistas, disidentes y manifestantes pacíficos. Menciona golpes a personas esposadas y tácticas de interrogatorio agresivas, con amenazas de “detención a largo plazo” o medidas coercitivas contra las familias. Cita, asimismo, una denuncia de Prisoners Defenders sobre la golpiza propinada por siete guardias a Ibrahim Domínguez Aguilar el 4 de abril en la prisión de Boniato (Santiago de Cuba). El documento subraya que la impunidad es “generalizada” y que no hay constancia de procesamientos a funcionarios por estos abusos.
Desapariciones de corto plazo y detenciones arbitrarias
Aunque no registra desapariciones forzadas prolongadas, el reporte afirma que hubo “numerosos” casos de desapariciones de corto plazo vinculadas a detenciones no registradas, especialmente tras protestas por falta de alimentos y electricidad en Santiago de Cuba en marzo, cuando las autoridades “retuvieron información” a familias sobre el paradero de arrestados. Dos organizaciones cubanas —el Centro de Derechos Humanos de Cuba y Justicia 11J— monitorearon estos casos.
Pese a que la legislación prevé garantías como el habeas corpus, el informe indica que “no hay indicios” de que las autoridades las observaran o hicieran cumplir. Se documenta que la policía ejecuta con frecuencia arrestos arbitrarios de activistas, disidentes y familiares, utilizando figuras como “desórdenes públicos”, “desacato” o impago de multas para detener y amenazar a miembros de la sociedad civil; y que el requisito legal de entregar un “acta de detención” con base, fecha y lugar “se ignora de forma rutinaria”.
El reporte añade que, aunque la ley ordena presentar cargos en el plazo de una semana, hubo detenidos que permanecieron “meses o años” en prisión preventiva. Tras protestas ocurridas durante el año, medios independientes reportaron “más de 684” arrestos; Justicia 11J estimó que 676 de los más de 1.400 detenidos por las protestas de julio de 2021 seguían presos hasta marzo, y que más de 10 manifestantes de marzo en Santiago continuaban en prisión preventiva hasta octubre, sin investigaciones penales abiertas.
Censura, ley de comunicación y agresiones a la prensa
Sobre libertad de expresión y prensa, el informe señala que el Partido Comunista y el Gobierno “restringieron repetidamente” el debate público sobre temas sensibles y que varias leyes criminalizan aspectos de la expresión, entre ellas la Ley de Comunicación Social, “que entró en vigor el 1 de octubre” y “aumentó el control del régimen sobre la información, la prensa y otros medios, y las redes sociales a través del Instituto de Comunicación e Información”.
Además, documenta presiones, agresiones y detenciones arbitrarias contra periodistas. En junio, por ejemplo, el periodista independiente Julio Aleaga Pesant fue multado con 3.000 pesos por “propaganda enemiga” a raíz de publicaciones críticas en redes.
El Instituto Cubano por la Libertad de Expresión y Prensa (ICLEP) registró hasta septiembre 99 detenciones arbitrarias, 179 acciones agresivas y amenazas, 126 agresiones físicas y 36 personas —entre artistas, influencers, reporteros, activistas, presos políticos y líderes religiosos— encarceladas o bajo arresto domiciliario “por ejercer su derecho a la libertad de expresión”. El documento también consigna restricciones y hostigamiento a corresponsales extranjeros, lo que provoca autocensura durante sus estadías en la Isla.
El control estatal sobre los medios —dueño de toda la prensa escrita y radiotelevisiva— se extiende al acceso a información y a la importación de materiales impresos. La ley prohíbe la distribución de publicaciones consideradas “contrarrevolucionarias” o críticas “por razones de seguridad nacional” y sanciona con entre tres y ocho años de prisión la “propaganda contra el orden constitucional”. La posesión de materiales como la Declaración Universal de Derechos Humanos o periódicos extranjeros ha derivado, según el informe, en acoso y detenciones.
Represión transnacional
El documento identifica actos de “represión transnacional”. En junio, agentes de la Seguridad del Estado enviaron mensajes amenazantes por WhatsApp a José Jasán Nieves Cárdenas, director de El Toque (medio independiente con sede en Florida), e intentaron intimidarlo con un video que sugería vigilancia frente a su domicilio.
Derechos laborales: sin sindicatos independientes ni derecho de huelga
El capítulo laboral describe un marco de control que “no reconoce el derecho de los trabajadores a formar y afiliarse a sindicatos independientes”, pues solo admite a la Central de Trabajadores de Cuba (CTC), controlada por el PCC, como confederación sindical. “La ley no prevé el derecho de huelga” y sustituye la negociación colectiva por un proceso sujeto a aprobación gubernamental y de la CTC. La Organización Internacional del Trabajo ha expresado preocupación por el monopolio sindical, la prohibición de la huelga y las restricciones a la negociación.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, encargado de aplicar las leyes laborales, “hizo cumplir” las normas, pero —según observadores citados por el informe— para mantener la primacía de la CTC y evitar sindicatos independientes, no para garantizar la libertad sindical. El documento añade que los trabajadores que intentan organizarse sufren hostigamiento policial y represalias; que el gobierno influye fuertemente sobre el poder judicial, limitando recursos efectivos; y que, en la práctica, la prohibición de sindicatos independientes deja a los trabajadores sin canales para defenderse de despidos discriminatorios o abusos.
Respecto a salarios y condiciones de trabajo, el Estado fija un salario mínimo “por debajo de la línea de pobreza”, establece una semana estándar de 44 horas y un mes de vacaciones pagadas por cada 11 meses trabajados, pero su cumplimiento es desigual, especialmente en el sector no estatal. Las inspecciones de seguridad y salud laboral existen, aunque el propio informe reconoce que la escasez de recursos impide corregir condiciones riesgosas, que hay pocos inspectores y que los empleadores suelen ignorar los estándares. En hospitales, organizaciones civiles reportaron condiciones insalubres y largas jornadas para el personal médico sin acceso suficiente a alimentos.
El reporte describe además la intermediación estatal en empresas extranjeras (hotelería, turismo, minería), donde los trabajadores son contratados y pagados por el Estado en pesos, con salarios que representan “una pequeña fracción” de lo que las compañías entregan al gobierno en divisas. En casos en que el pago es directo, los empleados “deben entregar una parte significativa de su salario al Estado”.
Niñez, trabajo infantil y matrimonio
La ley cubana prohíbe las peores formas de trabajo infantil y fija la edad mínima de empleo en 17 años (con excepciones para 15 y 16 con permisos). No obstante, el documento recoge que medios estatales reconocieron en junio la existencia de trabajo infantil en “ciertas comunidades”, y escuelas de Santiago de Cuba señalaron un aumento de casos. El reporte indica que las sanciones son menores que para delitos análogos y que no hay información pública sobre su aplicación. En materia de matrimonio, el Código de las Familias fija la edad mínima en 18 años, y el matrimonio forzado se castiga con penas de siete a 15 años —y hasta 30 o cadena perpetua si la víctima es menor de edad—, con aplicación efectiva, según el informe.
Refugio, libertad religiosa y trata
En protección internacional, la Constitución prevé el asilo y en julio la Asamblea Nacional aprobó una ley para regular el proceso de refugio y asilo, aunque el alcance de la cooperación con ACNUR “no es público”. En libertad religiosa y trata de personas, el documento remite a los informes anuales especializados del propio Departamento de Estado para mayores detalles.
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