Fact check | ¿Por qué Petro es impreciso al afirmar que un juez ordenó repetir la votación de la consulta popular?
- Colombia
- junio 7, 2025
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El presidente Gustavo Petro terminó “vendiendo gato por liebre”. En una alocución pública afirmó que un juez de tutela había ordenado a Efraín Cepeda, presidente del Senado, repetir la votación en la que había terminado hundida la convocatoria a la consulta popular.
En efecto, el fallo de tutela existe y fue emitido por la Juez Sexta Civil de Bogotá. Sin embargo, el fallo es claro en afirmar que el proceso al que Cepeda debe darle trámite es a una apelación que había presentado la senadora María José Pizarro.
“Quiero informarle al país que un juez acaba de tutelar nuestro derecho a la consulta popular. Determinó que hubo fraude en el Senado y ordena repetir la votación en las próximas 48 horas”, fue la afirmación del presidente Petro.
La cuestión es la siguiente:
El pasado 15 de mayo la plenaria del Senado se dio cita para discutir la convocatoria a consulta popular que impulsa el Gobierno. Ese día la votación cerro con 47 senadores que negaron la posibilidad de continuar con el trámite de la consulta, frente a 47 que optaron por el sí.
Justo después del cierre de la votación, Pizarro –que es del Pacto Histórico– presentó una apelación a la presidencia del Senado. La funcionaria alegó que al momento de la votación se cometieron irregularidades.
“Hubo, por ejemplo, una inconsistencia entre el número de congresistas presentes: 97 y el número de votos depositados que fue de 96. La ley 5 es taxativa en afirmar que si esto ocurre debe repetirse la votación”, afirmó Pizarro.
Pizarro terminó por acudir a un juez cuando consideró que Cepeda no le había dado trámite a su apelación. La juez, en efecto, amparó el derecho de la senadora al debido proceso y le otorgó al presidente del senado 48 horas para que resuelva el trámite.
Es decir, Cepeda podrá decir en 48 horas si Pizarro tiene razón –o no– en sus argumentos y con ello le daría salida a la orden de la juez. Pero, en todo caso, eso no quiere decir que la votación de la consulta popular deba repetirse.
“AMPARAR el derecho fundamental al debido proceso de que es titular la senadora MARÍA JOSÉ PIZARRO y, en consecuencia, se ORDENA al PRESIDENTE DEL SENADO Doctor EFRAÍN CEPEDA SARABIA que en el término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia, resuelva el recurso interpuesto por la Senadora el día 14 de mayo del año 2025, relacionado con el cierre de la votación para la aprobación o no de una consulta popular (sic)”, se lee textualmente en el fallo de tutela.