Pliego de cargos a alcalde de Vegachí, Antioquia, porque no habría incluido mujeres en su gabinete
- Colombia
- mayo 21, 2025
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El mandatario local de este municipio del Nordeste antioqueño habría violado la Ley de Cuotas, según la Procuraduría.
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El alcalde de Vegachí, José María Ochoa Muñoz, habría vulnerado la Ley de Cuotas. FOTOS: EL COLOMBIANO y Cortesía
A José María Ochoa Muñoz, alcalde de Vegachí, Nordeste antioqueño, la Procuraduría General de la Nación acaba de formularle pliego de cargos en medio del proceso que adelanta en su contra para determinar si incurrió en una presunta vulneración a la Ley de Cuotas en su gabinete municipal.
En concreto, el Ministerio Público intenta determinar si el mandatario local cometió las irregularidades porque no habría garantizado la participación mínima de mujeres en los cargos principales de su administración, tal como lo exige la ley.
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Según el ente de control, el alcalde Ochoa Muñoz presuntamente vulneró el derecho a la participación femenina mínima en nivel decisorio, luego de que los nombramientos que hizo entre el primero y el 11 de enero de 2024, por medio del Decreto 001 del 10 de enero, recayeron en hombres.
De esta forma, en consideración de la Procuraduría, se habría constituido un incumplimiento de la Ley 581 de 2000, Ley de Cuotas, que establece que al menos el 30% de los cargos del nivel decisorio en las entidades del Estado deben ser ocupados por mujeres.
Dicha ley dispuso mecanismos para que las autoridades administrativas “den a la mujer la adecuada y efectiva participación a que tiene derecho en todos los niveles de las ramas y demás órganos del poder público”, lo que incluye instancias de los ámbitos nacional, departamental y municipal o distrital.
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Así las cosas, según los nombramientos en cargos directivos el año pasado en Vegachí, esto no se habría cumplido. Por ello, la Procuraduría Provincial de Instrucción de Puerto Berrío asumió esa investigación contra el alcalde y para la formulación de pliego de cargos señaló que la presunta actuación del mandatario habría vulnerado el principio de equidad de género en la administración pública.
“El Ministerio Público consideró que el alcalde, en su calidad de autoridad nominadora, tenía la obligación de velar por el cumplimiento de esta norma y promover la inclusión y representación equitativa de género en su equipo de gobierno. Al no hacerlo, habría incurrido en una falta disciplinaria calificada provisionalmente con culpa gravísima”, indicaron desde la entidad.
Ahora, el proceso disciplinario seguirá en curso en la etapa de juicio, durante el cual se garantiza al alcalde investigado el pleno ejercicio de sus derechos constitucionales y procesales.
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